Xove presenta un parque inmobiliario de aproximadamente 1524 unidades, con una mezcla equilibrada entre viviendas unifamiliares en zonas rurales y bloques de pisos en el núcleo urbano. Debido a que gran parte de la edificación se concentró entre 1980 y 2007, la calificación energética más habitual que solemos encontrar se sitúa entre las letras E y G. Las viviendas unifamiliares antiguas suelen penalizar en su calificación debido a la falta de aislamiento en fachadas y cubiertas, mientras que las construcciones posteriores a la entrada del CTE en 2006 alcanzan fácilmente niveles D o C. Para mejorar la letra en esta zona climática C1, las intervenciones más efectivas suelen ser la sustitución de ventanas por vidrios bajo emisivos y la instalación de sistemas de aerotermia o calderas de condensación, lo que puede elevar la calificación hasta dos letras.
El marco normativo que regula la eficiencia energética en Xove es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal, pero su ejecución depende de la comunidad autónoma. En Galicia, el órgano competente es el Instituto Enerxético de Galicia (INEGA), dependiente de la Xunta. Es este organismo el encargado de gestionar el Registro de Certificados de Eficiencia Enerxética de Edificios de Galicia (RCEEE). Para que el certificado sea válido legalmente en una escritura pública o contrato de arrendamiento, debe estar debidamente inscrito y contar con el código de registro correspondiente. Una vez finalizado el trámite, el propietario recibe la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, a menos que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la normativa más reciente del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético en Xove al anunciar una propiedad puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: leves (de 300 a 600 €) por anunciar un inmueble sin mencionar su calificación; graves (de 601 a 1.000 €) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y muy graves (de 1.001 a 6.000 €) por falsear el resultado del certificado. Además de la multa, la ausencia de este documento puede invalidar el contrato de arrendamiento o paralizar una firma ante notario, provocando retrasos costosos en las operaciones inmobiliarias. En una zona con creciente interés turístico como A Mariña Lucense, la vigilancia sobre estos certificados en plataformas de alquiler es cada vez mayor.