El parque de viviendas de Fuensanta de Martos, compuesto por unas 1.635 unidades, presenta una tipología mixta donde predominan las casas unifamiliares de autoconstrucción y bloques de baja densidad. La antigüedad media de las edificaciones sitúa la calificación energética más frecuente entre las letras E y G, especialmente en construcciones anteriores a la aplicación del Código Técnico de la Edificación de 2006. En esta zona climática D3, las viviendas suelen carecer de aislamiento en cámaras de aire, lo que penaliza la nota final. Para mejorar la eficiencia y subir de letra, las recomendaciones más efectivas en esta localidad suelen ser la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y la instalación de sistemas de climatización por aerotermia o biomasa, muy comunes en zonas olivareras. Una vivienda bien aislada en Fuensanta de Martos puede reducir su consumo energético hasta en un 40% anual.
El marco normativo que regula la eficiencia energética se apoya en el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, es la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía el órgano encargado de gestionar el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Andalucía. Es obligatorio que el certificado esté debidamente inscrito en este portal para que la etiqueta energética tenga validez legal en contratos de compraventa o arrendamiento. Una particularidad de Andalucía es que el registro genera un código de verificación que permite a cualquier interesado comprobar la autenticidad del documento. Fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica subrayan que el registro es responsabilidad del propietario, aunque en nuestro servicio incluimos este trámite de forma gratuita para su total tranquilidad y cumplimiento normativo.
La carencia del certificado energético en Fuensanta de Martos cuando es exigible puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Publicar el alquiler o venta de la vivienda sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una localidad con un mercado de alquiler residencial activo, los portales inmobiliarios bloquean cada vez más los anuncios que no disponen de esta información, por lo que tramitarlo es el primer paso crítico para cualquier operación inmobiliaria exitosa.