El parque inmobiliario de Fuente-Tójar, compuesto por unas 486 unidades, presenta una tipología mayoritariamente de viviendas unifamiliares y casas de pueblo tradicionales. Debido a la antigüedad de muchas construcciones, la calificación energética más común oscila entre las letras E y G. Esto se debe principalmente a la falta de aislamiento en envolventes y a carpinterías antiguas. Sin embargo, las viviendas construidas bajo el Código Técnico de la Edificación (post-2007) suelen alcanzar letras C o D. Al encontrarse en la zona climática D3, Fuente-Tójar experimenta inviernos fríos, por lo que las mejoras que más incrementan la eficiencia son el trasdosado de fachadas con aislamiento mineral y la sustitución de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y doble acristalamiento, medidas que pueden subir la calificación hasta dos letras.
Toda certificación en Fuente-Tójar debe seguir el marco estatal del RD 390/2021 y la normativa específica de la Junta de Andalucía. El organismo encargado de la gestión es el Registro de Certificados Energéticos de Andalucía, dependiente de la Consejería de Industria, Energía y Minas. Es obligatorio que el certificado esté debidamente inscrito para que tenga validez legal en contratos de arrendamiento o escrituras de venta. Fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica recalcan que la etiqueta debe mostrarse en cualquier anuncio publicitario del inmueble. En Andalucía, la tramitación es telemática, lo que permite que una vez finalizado el trabajo del técnico, el propietario reciba la etiqueta oficial con su correspondiente código de verificación electrónica (CVE) en tiempo récord.
No disponer del certificado energético en Fuente-Tójar cuando es obligatorio puede acarrear graves sanciones económicas según la Ley 8/2013. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Publicar el anuncio de venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear el resultado de la certificación o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador alegando vicios ocultos o falta de información esencial. Evite riesgos legales y asegure su transacción contratando su certificación oficial con nosotros.