La normativa vigente establece que solo los técnicos competentes pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos debidamente colegiados. Para una vivienda en Espejón, es fundamental que el técnico realice una inspección al inmueble obligatoria por ley, donde tomará medidas de los muros, analizará la carpintería exterior (ventanas) y revisará los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria. Contratar a un profesional que conozca la arquitectura tradicional de Soria garantiza que los coeficientes de transmitancia térmica se ajusten a la realidad, evitando calificaciones erróneas que perjudiquen la venta o alquiler de la propiedad.
Espejón, con una población de 195 habitantes, posee un parque de 204 viviendas predominantemente rural. Gran parte de estas construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79), lo que suele derivar en calificaciones energéticas bajas, habitualmente entre la E y la G. La zona climática D3 implica una alta demanda de calefacción durante los meses fríos. Para mejorar la letra en la etiqueta, las intervenciones más eficaces en esta zona suelen ser el trasdosado interior con aislante mineral, la sustitución de ventanas antiguas por vidrios bajo emisivos con rotura de puente térmico y la actualización de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy comunes en entornos rurales sorianos.
El marco legal que regula el certificado energético Espejón es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre el Ente Regional de la Energía de Castilla y León, que supervisa el registro ERECYL. El registro es obligatorio y debe realizarse en la delegación territorial correspondiente. Una vez registrado, el propietario recibe la Etiqueta de Eficiencia Energética, que tiene una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación es G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y la Junta de Castilla y León enfatizan que el certificado debe estar a disposición de los compradores o arrendatarios desde el momento en que el inmueble se pone en el mercado.
Incumplir la obligación de disponer del certificado energético vigente puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves (como anunciar un piso sin mencionar la calificación) pueden suponer multas de 300 a 600€. Las graves (vender o alquilar sin entregar el certificado) oscilan entre 601 y 1.000€, mientras que las muy graves pueden alcanzar los 6.000€. En Espejón, al ser un mercado inmobiliario pequeño, el control suele intensificarse en los portales inmobiliarios digitales, donde la ausencia de la etiqueta es fácilmente detectable por la administración autonómica.