De acuerdo con la normativa vigente, solo los técnicos competentes pueden emitir el certificado energético en Zael. Estos profesionales son arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores o ingenieros (industriales, de minas, forestales, etc.) que estén colegiados en su respectivo colegio profesional, como el Colegio Oficial de Arquitectos de Burgos. La formación específica de estos técnicos les permite analizar la envolvente térmica, las instalaciones de climatización y la producción de agua caliente sanitaria. Es fundamental que el técnico realice una inspección al inmueble presencial para tomar medidas, verificar grosores de muros y calderas, ya que los certificados emitidos sin visita son ilegales y pueden acarrear sanciones graves tanto para el técnico como para el propietario demandante.
El parque de viviendas de Zael, compuesto por unas 130 unidades, refleja la arquitectura tradicional de la provincia de Burgos, con un predominio de construcciones de piedra y adobe en su núcleo histórico y viviendas de ladrillo de mediados del siglo XX. Debido a que la mayoría de estas construcciones son anteriores al Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética más habitual en la zona oscila entre las letras E y G. Al situarse en la zona climática D1, los inmuebles sufren una gran demanda de calefacción durante los meses de invierno. Las mejoras más efectivas para subir de letra en Zael incluyen la instalación de trasdosados con aislamiento de lana de roca en fachadas norte y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, lo que puede elevar la calificación hasta una D o C.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, complementado por la normativa específica de Castilla y León. El organismo encargado de gestionar estos datos es el Ente Regional de la Energía (EREN), a través del registro CEREN. Una vez que el técnico colegiado finaliza el informe, debe inscribirlo telemáticamente en esta plataforma oficial. En esta comunidad autónoma, la etiqueta energética emitida tiene una validez máxima de 10 años, excepto cuando la calificación es de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es imperativo que el número de registro aparezca en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler en portales inmobiliarios, cumpliendo así con las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético en Zael cuando es obligatorio puede acarrear consecuencias económicas y legales severas según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se clasifican en tres niveles. Las leves, con multas de 300€ a 600€, incluyen publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética. Las graves, con sanciones de hasta 1.000€, se aplican si no se entrega el certificado al comprador o arrendatario. Por último, las muy graves pueden alcanzar los 6.000€ si se falsea el resultado del certificado. Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el nuevo ocupante, obligando al propietario a indemnizar por daños y perjuicios derivados de una información energética incorrecta.