El parque de viviendas de Villatuelda, compuesto por unas 83 unidades, presenta características típicas del entorno rural burgalés. Gran parte de las construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979, lo que suele resultar en calificaciones energéticas bajas, predominantemente letras E, F o G. Estas viviendas suelen presentar muros de piedra o ladrillo macizo con puentes térmicos significativos y sistemas de calefacción por caldera de gasóleo o biomasa. En la zona climática D3, donde los inviernos son largos y fríos, las viviendas que han actualizado sus ventanas a sistemas de doble acristalamiento con rotura de puente térmico pueden aspirar a una letra D. Para inmuebles de obra nueva o rehabilitaciones integrales que incorporan aerotermia o SATE (Sistema de Aislamiento Térmico Exterior), es posible alcanzar calificaciones B o incluso A, reduciendo el consumo energético hasta en un 70% respecto a la media local.
La normativa que regula el certificado de eficiencia energética Villatuelda es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal, complementado por las directrices de la Junta de Castilla y León. El órgano encargado de gestionar estos expedientes es el EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León). El registro es obligatorio y debe realizarse de forma telemática por el técnico o el propietario. Una vez registrado, se emite la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez máxima es de 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica recalcan que la etiqueta debe estar visible en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler, reflejando fielmente los valores de consumo de energía primaria no renovable y emisiones de CO2 del inmueble.
Incumplir la obligación de disponer del CEE Villatuelda puede acarrear graves consecuencias económicas y legales. Según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, las infracciones se dividen en tres niveles: las leves (300€ a 600€) por anunciar un inmueble sin mencionar su calificación; las graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado vigente; y las muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear el resultado del certificado. Además de las multas, la ausencia del certificado puede invalidar el contrato de compraventa o arrendamiento, permitiendo al comprador o inquilino reclamar daños y perjuicios. En una localidad pequeña, el control administrativo es creciente, especialmente a través de portales inmobiliarios que bloquean anuncios que no disponen de este requisito legal.