El parque de viviendas de Villafranca de la Sierra, con aproximadamente 330 unidades, es eminentemente rural y de carácter tradicional. Muchas construcciones son anteriores a 1980, lo que implica una ausencia de aislamiento térmico en cámara de aire, resultando frecuentemente en calificaciones E, F o G. Al estar situados en la zona climática D3, los requerimientos de calefacción son altos. Un unifamiliar típico en el casco urbano suele presentar muros de piedra de gran espesor que, aunque aportan inercia térmica, no evitan las pérdidas de calor sin un trasdosado adecuado. Para mejorar la letra en la etiqueta energética Villafranca de la Sierra, las medidas más efectivas suelen ser la sustitución de calderas antiguas por sistemas de biomasa o aerotermia y el cambio de carpinterías sencillas por ventanas con rotura de puente térmico y doble acristalamiento bajo emisivo.
La normativa que regula la eficiencia energética en España es el Real Decreto 390/2021. En el ámbito autonómico, el registro oficial depende del Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), organismo encargado de supervisar y tramitar todos los certificados de la comunidad. Es obligatorio que todo anuncio publicitario para venta o alquiler incluya la etiqueta de eficiencia. Tras la inspección, el técnico debe presentar el archivo .xml generado ante la plataforma de la Junta de Castilla y León. Una vez abonada la tasa de 29,10€ (para viviendas), se obtiene el código de registro y la etiqueta oficial. Este documento tiene una validez máxima de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años, obligando a una renovación más temprana según la ley actual.
No disponer del certificado energético en vigor para una transacción inmobiliaria en Villafranca de la Sierra puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013. Las multas se dividen en tres niveles:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador, y el contrato de alquiler podría declararse nulo, lo que supone un riesgo jurídico inasumible para los propietarios.