Velilla de los Ajos cuenta con un parque inmobiliario de aproximadamente 65 unidades, caracterizado por ser un núcleo rural con una tipología de vivienda predominantemente unifamiliar. Gran parte de estas construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79), lo que suele derivar en calificaciones energéticas situadas entre la E y la G.
Debido a la zona climática D3 de esta zona de Soria, las viviendas sin rehabilitar suelen presentar importantes pérdidas de calor a través de cubiertas y muros de piedra o ladrillo sin cámara de aire. Las mejoras más efectivas para subir de letra en Velilla de los Ajos suelen ser:
- Sustitución de calderas de gasoil antiguas por sistemas de aerotermia o biomasa (pellets).
- Instalación de trasdosados con aislamiento térmico en muros orientados al norte.
- Cambio de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos.
El marco legal que regula el CEE en Velilla de los Ajos es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre la Junta de Castilla y León a través del CEREN (Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León), dependiente del Ente Regional de la Energía.
Es obligatorio registrar el certificado para que este tenga validez legal ante notaría. La tasa de 29,10€ es obligatoria para viviendas y el trámite debe ser realizado por el técnico o el propietario. Una vez registrado, se emite la etiqueta energética oficial que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización normativa del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético para vender o alquilar una vivienda en Velilla de los Ajos puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar el certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por no entregar el certificado al comprador o arrendatario en el momento del contrato.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente por incumplimiento de los requisitos informativos obligatorios.