Según el Real Decreto 390/2021, el certificado solo puede ser emitido por técnicos competentes que posean la titulación académica y profesional habilitante. En el entorno de Aliud, esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros de edificación colegiados. Es fundamental que el profesional realice una inspección al inmueble obligatoria por ley; no se permiten certificados realizados sin visita presencial.
Nuestros técnicos en Soria cuentan con la experiencia necesaria para evaluar las particularidades constructivas de la zona, como los muros de piedra o adobe tradicionales en el parque inmobiliario soriano, garantizando que la calificación refleje la realidad térmica de la vivienda y cumpla con todas las exigencias legales para evitar sanciones.
Aliud cuenta con un parque inmobiliario reducido, compuesto por unas 40 unidades, mayoritariamente viviendas unifamiliares de tipología rural. Muchas de estas construcciones son anteriores a la normativa térmica de 1979, lo que suele resultar en calificaciones energéticas bajas, predominantemente letras E, F o G. La zona climática D3 de Aliud implica una alta demanda de calefacción durante los meses de invierno.
Para mejorar la letra en la etiqueta energética en Aliud, las intervenciones más efectivas suelen ser el trasdosado de muros con aislamiento térmico y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos. Dado que la localidad no dispone de red de gas natural, la instalación de calderas de biomasa o sistemas de aerotermia puede elevar la calificación hasta una letra B o C, incrementando significativamente el valor de mercado del inmueble.
La normativa que regula el certificado de eficiencia energética en Aliud emana del RD 390/2021 a nivel nacional y se gestiona a través del Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León (EREN). Este organismo es el encargado de supervisar el Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios en la comunidad autónoma.
El registro es un trámite administrativo indispensable: sin el número de registro asignado por el EREN, el certificado no tiene validez legal para su uso en contratos de compraventa o arrendamiento. La etiqueta energética emitida por la Junta de Castilla y León tiene una validez máxima de 10 años, salvo en los casos de calificación G, donde la normativa estatal reduce su vigencia a 5 años para fomentar la renovación energética del parque edificado.
No disponer del certificado energético en Aliud al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres categorías:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado original al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear el resultado del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de arrendamiento o compraventa podría ser impugnado por el receptor del inmueble, provocando problemas legales adicionales para el propietario en Aliud.