El parque de viviendas de Used, compuesto por unas 374 unidades, presenta características propias de los núcleos rurales aragoneses. Predominan las casas de pueblo unifamiliares de muros de piedra o adobe, muchas de ellas construidas antes de la normativa térmica de 1979. Debido a esto, la calificación energética más habitual en Used oscila entre las letras E y G. Las viviendas con sistemas de calefacción antiguos o sin aislamiento en cubiertas suelen obtener una G, mientras que aquellas rehabilitadas con doble acristalamiento y calderas de biomasa o condensación pueden alcanzar una D o E. En la zona climática D3, las mejoras más efectivas suelen ser el trasdosado de muros interiores y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico, lo que puede mejorar la letra del certificado en uno o dos niveles.
El registro del certificado en el ámbito de la comunidad autónoma de Aragón es un paso jurídico imprescindible para que el documento tenga validez legal. En Aragón, el organismo encargado es el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón, dependiente del Departamento de Industria. Una vez que el técnico colegiado finaliza el informe, debe presentarlo telemáticamente para obtener la etiqueta oficial, que muestra el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2. Este proceso está regulado por el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica. Es importante recordar que el certificado tiene una validez de 10 años, excepto si la calificación obtenida es una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años, obligando a una renovación más frecuente.
Vender o alquilar una vivienda en Used sin disponer del certificado energético vigente puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado original al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear el resultado del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente al no cumplirse los requisitos legales de información al consumidor.