De acuerdo con el marco legal actual, solo los técnicos competentes que posean una titulación académica y profesional habilitante pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos colegiados. En Robledo, contamos con una red de profesionales locales que conocen perfectamente las características constructivas de la zona de Albacete. El técnico es responsable de realizar la inspección al inmueble, medir las superficies, analizar la orientación, los huecos (ventanas) y los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria. Su firma colegiada garantiza que la calificación energética reflejada en el documento es veraz y cumple con las exigencias del Ministerio para la Transición Ecológica.
El parque de viviendas de Robledo, compuesto por 473 unidades, presenta una tipología mayoritariamente de viviendas unifamiliares y construcciones tradicionales de núcleo rural. Gran parte de estas edificaciones fueron construidas antes de la implementación del Código Técnico de la Edificación de 2006, por lo que es habitual encontrar calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. La zona climática D3 de Albacete penaliza especialmente a las viviendas con cerramientos de piedra o ladrillo sin aislamiento térmico y con carpinterías metálicas sencillas. Sin embargo, las rehabilitaciones recientes que han incorporado sistemas de aerotermia o mejoras en el aislamiento de cubiertas están logrando ascender a letras C o D, lo que aumenta significativamente el valor de mercado del inmueble en la zona.
La normativa que regula la eficiencia energética en Robledo es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, complementado por la normativa propia de Castilla-La Mancha. El registro oficial es gestionado por la Dirección General de Transición Energética. Una vez finalizado el trabajo técnico, es obligatorio inscribir el certificado para que la administración emita la etiqueta energética oficial, la cual tiene una validez de 10 años (salvo en casos de calificación G, donde la validez se reduce a 5 años). El propietario debe conservar el original y entregar una copia al arrendatario o al comprador en el momento de la firma del contrato. El incumplimiento de este trámite puede conllevar sanciones administrativas graves por parte de los organismos de consumo.