Riocabado cuenta con un parque inmobiliario compuesto por unas 139 unidades, donde predominan las viviendas unifamiliares de tipología rural. Gran parte de estas construcciones datan de antes de 1980, lo que significa que fueron edificadas con normativas térmicas previas a la crisis del petróleo, careciendo a menudo de aislamiento en muros y cubiertas. Por ello, la calificación energética más frecuente en Riocabado se sitúa entre las letras E, F y G.
Para mejorar esta nota y reducir la factura energética en una zona climática D3, las recomendaciones técnicas suelen centrarse en:
- Sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos.
- Incorporación de aislamiento insuflado en cámaras de aire o mediante sistemas SATE.
- Actualización de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en entornos rurales.
Toda certificación en Riocabado debe cumplir con el Real Decreto 390/2021, que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda. El registro en el CERES (Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León) es obligatorio para que el documento tenga validez legal. La tasa actual para viviendas unifamiliares o pisos se sitúa en 29,10 euros. Una vez finalizado el registro, el propietario recibe la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la normativa vigente.
No disponer del certificado energético en Riocabado al anunciar, vender o alquilar una propiedad puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar el certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador, generando un problema legal de mayor envergadura para el propietario.