De acuerdo con el RD 390/2021, solo los técnicos competentes pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos (aparejadores), ingenieros industriales o ingenieros técnicos industriales, todos ellos debidamente colegiados. En Puente Genil, contamos con un equipo local que conoce perfectamente la arquitectura de la zona, desde las viviendas tradicionales del casco histórico hasta las nuevas promociones. El técnico tiene la responsabilidad legal de realizar una inspección al inmueble, donde verificará la envolvente térmica (muros y ventanas) y las instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria. Contratar a un profesional cualificado no solo evita multas, sino que proporciona recomendaciones de mejora reales que pueden revalorizar su propiedad en el mercado cordobés.
El parque de viviendas de Puente Genil, compuesto por más de 15.000 unidades, presenta una tipología mixta. En el centro urbano predominan los bloques de pisos y viviendas unifamiliares construidas mayoritariamente entre 1970 y 1990, época en la que la normativa de aislamiento era escasa. Por ello, la calificación más común en estas zonas suele oscilar entre las letras E y G. Las viviendas situadas en urbanizaciones más recientes o rehabilitadas tras la entrada del CTE en 2007 suelen alcanzar calificaciones C o D. Debido a la zona climática D3, las mejoras más efectivas en Puente Genil para subir de letra incluyen el cambio de carpinterías por ventanas con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, así como la instalación de sistemas de aerotermia o calderas de condensación, que optimizan el consumo energético durante los picos de calor estival.
El registro de los certificados en nuestra comunidad está gestionado por el Registro Andaluz de Certificados Energéticos, dependiente de la Agencia Andaluza de la Energía. Es obligatorio inscribir cada certificado para que la etiqueta tenga validez legal. El marco normativo estatal lo dicta el RD 390/2021, pero Andalucía aplica procedimientos específicos de control e inspección para asegurar la veracidad de los datos. Una vez registrado, el propietario recibe un código de registro y la etiqueta oficial con una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Este documento es fuente oficial de información para el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica, siendo esencial para solicitar subvenciones de rehabilitación energética como los fondos Next Generation.
No disponer del certificado energético vigente puede acarrear graves sanciones económicas según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar un certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una ciudad con un mercado de alquiler activo como Puente Genil, los portales inmobiliarios filtran cada vez más los anuncios sin etiqueta, y los notarios bloquean las compraventas que no aporten el documento registrado en la Junta de Andalucía.