De acuerdo con el RD 390/2021, el certificado de eficiencia energética en Montemayor debe ser realizado obligatoriamente por un técnico competente que posea la titulación académica y profesional habilitante (arquitectos, aparejadores o ingenieros). Este profesional debe realizar una inspección al inmueble presencial para verificar datos críticos como el tipo de muros, el aislamiento térmico, las características de las carpinterías y la eficiencia de los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria. Contratar a un técnico colegiado en la provincia de Córdoba no solo asegura el cumplimiento de la ley, sino que aporta la tranquilidad de que las propuestas de mejora energética son realistas y adaptadas al clima de la zona D3.
El parque de viviendas de Montemayor, compuesto por unas 1.897 unidades, presenta una tipología mixta donde predominan las viviendas unifamiliares de autoconstrucción y los edificios residenciales de dos o tres plantas. Gran parte de estas edificaciones fueron construidas antes de la implementación del Código Técnico de la Edificación (CTE) de 2006, por lo que es habitual obtener calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. En el casco antiguo, la falta de aislamiento en fachadas y suelos es el factor determinante de la baja eficiencia. Sin embargo, en las promociones más recientes o viviendas reformadas, es posible alcanzar etiquetas C o D. Para mejorar la letra en Montemayor, las intervenciones más efectivas suelen ser la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y la instalación de sistemas de aerotermia o placas solares fotovoltaicas, aprovechando la alta irradiación solar de la zona.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, pero su ejecución depende de la Junta de Andalucía. El órgano encargado de la gestión es el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Andalucía, integrado en el portal de la Administración autonómica. Este registro es 100% telemático y obligatorio para que el certificado tenga validez legal ante terceros. Una vez finalizado el proceso, el propietario obtiene la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación obtenida es una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es fundamental conservar el justificante de registro para cualquier trámite de compraventa o alquiler en Montemayor.
No disponer del certificado energético en Montemayor cuando se publicita una vivienda para venta o alquiler puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar el inmueble sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado válido al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente por falta de información esencial, lo que genera una inseguridad jurídica innecesaria para el propietario.
Además del certificado energético, los propietarios de inmuebles en Montemayor pueden requerir otros servicios técnicos. Si el edificio tiene una antigüedad superior a los 50 años, es obligatoria la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación del Edificio (IEE). Estos trámites son complementarios al CEE y a menudo pueden coordinarse con el mismo técnico para reducir costes de desplazamiento y gestión. Asimismo, para locales comerciales que inicien actividad, se requerirá el proyecto de apertura correspondiente, donde la eficiencia energética también juega un papel fundamental en el diseño de las instalaciones.