La normativa española, a través del RD 390/2021, exige que el certificado energético en Puente de Génave sea realizado exclusivamente por técnicos competentes. Estos profesionales deben poseer una titulación habilitante como arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica. Además, es imprescindible que el técnico esté colegiado y cuente con un seguro de responsabilidad civil vigente. En nuestra red, contamos con expertos en la provincia de Jaén que conocen perfectamente las particularidades constructivas de los 1.409 inmuebles de la localidad. El técnico tiene la obligación legal de realizar una inspección al inmueble presencial para verificar datos críticos como el espesor de los muros, el tipo de cerramientos, la orientación y la eficiencia de las calderas o sistemas de aire acondicionado instalados.
El parque de viviendas de Puente de Génave presenta una mezcla entre construcciones tradicionales del casco urbano y viviendas unifamiliares de expansión más reciente. Dado que una parte significativa del parque fue construida antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética más habitual oscila entre las letras E y G. Las viviendas unifamiliares, muy comunes en este municipio de 2.279 habitantes, suelen presentar pérdidas térmicas por cubiertas no aisladas. En la zona climática A3-B4, las mejoras que más impacto tienen en la nota final son la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y la instalación de sistemas de aerotermia o biomasa, muy recomendables en esta zona de Jaén. Una vivienda rehabilitada o de obra nueva podría alcanzar fácilmente una calificación B o C, reduciendo el gasto en facturas energéticas hasta en un 40%.
El marco legal que regula la eficiencia energética se basa en el Real Decreto 390/2021. En Andalucía, la gestión de estos certificados recae sobre la Consejería de Industria, Energía y Minas a través del registro RECES. Tras la inspección al inmueble, el técnico debe registrar el archivo XML generado para que la administración emita la etiqueta oficial. Es fundamental que el certificado esté debidamente inscrito, ya que un documento sin el número de registro oficial carece de validez legal para cualquier contrato de compraventa o arrendamiento. Este proceso asegura que la base de datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico esté actualizada, permitiendo a los ciudadanos de Puente de Génave acceder a posibles subvenciones para la mejora de la eficiencia energética de sus hogares.
Vender o alquilar una propiedad en Puente de Génave sin disponer del certificado energético en vigor puede acarrear sanciones económicas considerables. Según la Ley 8/2013, las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar un certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado original al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin tener la titulación requerida.
Además de la multa, el contrato de alquiler podría ser impugnado por el inquilino y la compraventa podría bloquearse en la notaría. Dada la creciente digitalización, portales inmobiliarios como Idealista o Fotocasa filtran activamente los anuncios que carecen de etiqueta, restando visibilidad a tu inmueble en Puente de Génave.