De acuerdo con el marco normativo del RD 390/2021, los únicos profesionales habilitados para emitir un certificado energético en Génave son los técnicos competentes que posean la titulación académica de arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica. Es imperativo que el profesional esté colegiado en su respectivo colegio oficial de la provincia de Jaén para garantizar la validez legal del documento. El técnico no solo realiza la inspección al inmueble para verificar puentes térmicos y tipos de caldera, sino que también tiene la responsabilidad de proponer medidas de mejora personalizadas para reducir el consumo de energía primaria no renovable, algo vital en una zona de inviernos frescos y veranos cálidos como la Sierra de Segura.
Génave cuenta con un parque de aproximadamente 513 inmuebles, donde predominan las viviendas unifamiliares de tipología rural y construcciones tradicionales. Debido a que gran parte del tejido residencial fue edificado antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética más frecuente suele situarse en la franja E o F. Estas viviendas suelen presentar deficiencias en el aislamiento de fachadas y cubiertas. Sin embargo, inmuebles rehabilitados que han incorporado ventanas de doble acristalamiento con rotura de puente térmico o sistemas de climatización por aerotermia pueden alcanzar fácilmente una letra D o C. En esta zona climática A3-B4, la mejora del aislamiento térmico es la inversión más rentable para subir de escalafón en la etiqueta energética y reducir las facturas de suministros.
En Andalucía, la gestión de la eficiencia energética depende de la Consejería de Industria, Energía y Minas. El registro oficial se realiza a través de la plataforma telemática PUEE (Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Andalucía). Es obligatorio que todo certificado sea registrado para que tenga validez legal ante notario o en contratos de arrendamiento. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica establecen que el certificado tiene una validez máxima de 10 años, excepto cuando la calificación es de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Al finalizar el registro en Andalucía, el propietario recibe un código de identificación único y la etiqueta oficial que debe mostrarse en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler en portales inmobiliarios.
La carencia del certificado energético en Génave durante una operación de compraventa o alquiler puede acarrear sanciones económicas severas según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: leves (300€ a 600€) por no exhibir la etiqueta en anuncios; graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado al receptor; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear la información del documento. Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el comprador o inquilino, obligando al propietario a indemnizar por daños y perjuicios al no haber informado correctamente sobre el gasto energético del inmueble.