De acuerdo con el Real Decreto 390/2021, solo los técnicos competentes con titulación habilitante pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos debidamente colegiados. Para una localidad como Plenas, contar con un profesional que conozca las particularidades constructivas de la provincia de Zaragoza es fundamental. El técnico es responsable de realizar la inspección al inmueble, donde tomará medidas de los muros, revisará la caldera o sistema de climatización y analizará la calidad de las ventanas (vidrios y marcos). No confíe en ofertas que omitan la visita presencial, ya que la normativa española prohíbe taxativamente la emisión de certificados sin inspección previa de la vivienda.
El parque de viviendas en Plenas, compuesto por 228 unidades, presenta una tipología predominantemente rural, con viviendas unifamiliares de muros de piedra o adobe y edificios construidos mayoritariamente antes de la entrada en vigor de normativas térmicas estrictas. Debido a su ubicación en la zona climática B3-C2, los inviernos requieren una demanda de calefacción considerable. La calificación energética más habitual en las viviendas antiguas de la zona suele estar entre las letras E, F o G. Para mejorar esta nota y alcanzar una D o C, las intervenciones más efectivas en la zona son el trasdosado de muros con aislamiento térmico y la sustitución de antiguas calderas de gasoil por sistemas de biomasa o aerotermia, aprovechando las ayudas a la rehabilitación energética vigentes en Aragón.
En Aragón, el registro de certificados de eficiencia energética es gestionado por el Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de la Gobierno de Aragón. Todo certificado emitido en Plenas debe ser inscrito obligatoriamente en el Registro Público de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios de la comunidad. Este trámite otorga validez legal al documento y genera la etiqueta energética, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico establecen que el propietario es el responsable de conservar esta documentación y entregarla al comprador o arrendatario en el momento de la firma del contrato.
La Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, tipifica las infracciones en materia de certificación energética con sanciones que van desde los 300€ hasta los 6.000€. En Plenas, no disponer del certificado vigente al anunciar una vivienda en portales inmobiliarios se considera una infracción leve. Sin embargo, vender una propiedad sin entregar el certificado al comprador puede derivar en infracciones graves o muy graves. Además de la multa económica, la ausencia del CEE puede suponer la paralización de la venta en notaría o la nulidad del contrato de alquiler si el inquilino lo reclama judicialmente. Es un coste mínimo comparado con los riesgos legales y financieros que supone su omisión.