El parque de viviendas de Ojos Negros, compuesto por 559 unidades, refleja la historia de la comarca del Jiloca. Gran parte de las construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979, lo que suele traducirse en calificaciones energéticas situadas entre la E y la G. Muchas de estas viviendas son casas de muro de piedra de gran espesor que, si bien conservan la inercia térmica, carecen de rotura de puente térmico en sus ventanas originales. En las rehabilitaciones más recientes, la incorporación de calderas de pellets y el trasdosado con lana de roca han permitido elevar algunos inmuebles a la letra D o C. En la zona climática D3, las mejoras que más impacto tienen en la calificación son el cambio de carpinterías por ventanas con doble acristalamiento y cámara de aire de 16mm, así como el aislamiento de cubiertas, por donde se pierde hasta un 30% de la energía en los meses de invierno.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, el cual amplió la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios públicos o viviendas de alquiler vacacional. En nuestra comunidad, el órgano encargado de la gestión es el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón, dependiente del Departamento de Industria. Una particularidad ventajosa para los propietarios en Ojos Negros es que el proceso de registro telemático permite obtener la etiqueta energética con gran rapidez. Este documento tiene una validez máxima de 10 años, salvo que la calificación sea de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE subrayan que este documento es una herramienta de transparencia para el mercado inmobiliario turolense.
No disponer del certificado energético vigente en Ojos Negros al anunciar un inmueble en portales inmobiliarios puede derivar en infracciones graves según la Ley 8/2013. Las multas se dividen en tres categorías: leves (de 300€ a 600€ por no mencionar la calificación en el anuncio), graves (de 601€ a 1.000€ por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario) y muy graves (de 1.001€ a 6.000€ por falsear el resultado). Además de la sanción económica, el contrato de compraventa o arrendamiento podría ser impugnado por el adquirente, alegando falta de información esencial sobre las calidades del inmueble. En una zona con mercado de alquiler de temporada o residencial, la inspección es cada vez más rigurosa para asegurar que los inquilinos conocen el gasto energético estimado de la vivienda.