El parque de viviendas de Alustante, compuesto por unas 414 unidades, presenta una tipología predominantemente rural con predominio de viviendas unifamiliares de muros de carga gruesos y arquitectura tradicional. Dado que gran parte de estas construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79), es habitual encontrar calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. La zona climática D3 implica que las viviendas consumen mucha energía para mantener el confort en invierno. Sin embargo, en rehabilitaciones recientes o viviendas de obra nueva post-2007, es posible alcanzar letras C o D. Para mejorar la calificación en Alustante, las acciones más efectivas suelen ser la instalación de trasdosados con aislamiento térmico, el cambio de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y la sustitución de calderas de gasoil antiguas por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en este entorno.
El registro del certificado energético en Castilla-La Mancha es un paso administrativo obligatorio para que el documento tenga validez legal. Este trámite se realiza ante la Dirección General de Transición Energética de la Junta de Comunidades. La normativa regional se alinea con el marco estatal del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización normativa. Es imperativo que el propietario conserve el justificante de registro, ya que será solicitado por el notario en el momento de la firma de una compraventa o por el inquilino al formalizar un contrato de arrendamiento en Alustante.
No disponer del certificado energético en Alustante al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: las leves (de 300 a 600 €) por publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación; las graves (de 601 a 1.000 €) por no entregar el certificado al comprador o arrendatario; y las muy graves (de 1.001 a 6.000 €) por falsear el resultado del certificado. Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente debido al incumplimiento de un requisito esencial de información al consumidor. En un mercado cada vez más digitalizado, portales como Idealista o Fotocasa bloquean anuncios que no disponen de este dato obligatorio.