El parque de viviendas de Momblona, compuesto por unas 45 unidades, presenta una tipología predominantemente de arquitectura tradicional soriana y viviendas unifamiliares de mediados del siglo XX. Debido a su ubicación en la zona climática D3, donde la demanda de calefacción es alta, la mayoría de los inmuebles antiguos suelen obtener una calificación energética E, F o G. Esto se debe principalmente a la falta de aislamiento térmico en muros de piedra o ladrillo antiguo y a sistemas de calefacción por combustibles fósiles o biomasa sin optimizar. Para mejorar la letra en el certificado energético Momblona, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado interior de fachadas con lana de roca y la sustitución de ventanas simples por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, lo que puede elevar la calificación hasta una D o C en rehabilitaciones parciales.
El marco normativo que regula la eficiencia energética en Momblona es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, complementado por la normativa específica de la Junta de Castilla y León. El organismo encargado de gestionar estos expedientes es el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León (CEREN), dependiente de la Dirección General de Energía y Minas. El registro es un trámite obligatorio; sin el número de registro asignado por la administración, el certificado carece de validez legal para su uso en contratos de compraventa o arrendamiento. La etiqueta energética resultante tiene una validez máxima de 10 años, excepto cuando la calificación es G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización legislativa de 2021.
La Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, establece un régimen sancionador estricto para los propietarios en Momblona que incumplan la obligación de disponer del CEE. Las infracciones leves, como anunciar la venta o alquiler de una vivienda sin mencionar la calificación energética, pueden acarrear multas de 300 a 600€. Las infracciones graves, como no entregar el certificado al comprador o arrendatario, conllevan sanciones de 601 a 1.000€. En casos muy graves, como falsear la información del certificado, la multa puede ascender hasta los 6.000€. Además de la sanción económica, la ausencia del certificado puede invalidar el contrato de arrendamiento o paralizar una venta en la notaría, generando retrasos y costes adicionales inesperados.