Mironcillo cuenta con un núcleo rural donde predominan las viviendas unifamiliares de construcción tradicional y algunas rehabilitaciones recientes. Con un total de 174 viviendas, muchas de ellas edificadas antes de la normativa de aislamiento de 1979, la calificación más frecuente suele situarse en las letras E, F o G.
Las casas de piedra habituales en la zona tienen una gran inercia térmica pero suelen carecer de aislamiento en cámaras. Para mejorar la etiqueta energética Mironcillo y subir a una letra D o C, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado de muros exteriores, la sustitución de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y la actualización de calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en el clima D3 de Ávila.
El marco legal principal es el Real Decreto 390/2021, que amplía la obligatoriedad del certificado a más supuestos. En nuestra comunidad, el organismo encargado de la gestión es el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda.
El registro es telemático y requiere el pago de una tasa administrativa que, para viviendas individuales, se sitúa en torno a los 20,10€. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Toda la información se basa en las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
No disponer del certificado energético en Mironcillo al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación urbana. Las multas se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por no entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el receptor si no se le hace entrega de este documento obligatorio.