Según establece el Real Decreto 390/2021, el certificado de eficiencia energética debe ser realizado exclusivamente por técnicos competentes que posean la titulación académica habilitante. En el entorno de Mestanza, esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o ingenieros técnicos. Estos profesionales deben estar colegiados y poseer un seguro de responsabilidad civil vigente. La labor del técnico no se limita a observar el inmueble; debe analizar la envolvente térmica (muros, ventanas y cubiertas) y los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria. Elegir un técnico con experiencia en la provincia de Ciudad Real garantiza que los factores climáticos específicos de la zona D3 sean correctamente ponderados en el cálculo final, evitando calificaciones erróneas que perjudiquen el valor del inmueble.
El parque de viviendas de Mestanza, compuesto por 743 unidades, refleja la realidad de muchos núcleos rurales de Castilla-La Mancha. La mayoría de las construcciones son viviendas unifamiliares de tipología tradicional o casas de pueblo construidas entre 1960 y 1990. Debido a la falta de aislamiento térmico riguroso en la época de construcción y al clima continentalizado de la zona (inviernos fríos en zona D), la calificación energética más habitual oscila entre las letras E y G. Las viviendas unifamiliares suelen presentar mayores pérdidas de energía por fachada y cubierta que los pisos en bloque. Para mejorar la letra en Mestanza, las acciones más efectivas suelen ser el cambio de ventanas por vidrios bajo emisivos con rotura de puente térmico y la sustitución de calderas de gasoil o termos eléctricos antiguos por sistemas de aerotermia o biomasa, muy comunes en zonas rurales.
La normativa que rige el proceso es el RD 390/2021 a nivel estatal, pero la gestión administrativa recae sobre la Dirección General de Transición Energética de Castilla-La Mancha. En esta comunidad, el registro es obligatorio y conlleva el pago de una tasa administrativa que actualmente se sitúa en 16,32 euros para viviendas individuales. El registro debe realizarse de forma telemática por el técnico o el propietario. Una vez registrado, el certificado tiene una validez de 10 años, a menos que la calificación obtenida sea una 'G', en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la nueva ley. Es fundamental conservar el justificante de registro y la etiqueta, ya que serán exigidos por el notario en el momento de la firma de una compraventa o por el portal inmobiliario al publicar un anuncio de alquiler.
No disponer del certificado energético en Mestanza al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: leves (de 300 a 600 €) por no incluir la calificación en el anuncio; graves (de 601 a 1.000 €) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y muy graves (de 1.001 a 6.000 €) por falsear el resultado o actuar sin ser técnico competente. En una localidad de 818 habitantes, el mercado de alquiler residencial y turístico está bajo la lupa de las plataformas digitales, que bloquean automáticamente anuncios que no dispongan de este código de registro oficial, impidiendo la visibilidad del inmueble.
Además del certificado energético, los propietarios de edificios en Mestanza con más de 30 o 50 años de antigüedad (según normativa municipal y autonómica) pueden requerir el Informe de Evaluación de Edificios (IEE). Este documento es más completo que el CEE, ya que incluye un análisis de la conservación del edificio y el cumplimiento de las normas de accesibilidad, además de la eficiencia energética. Realizar ambos trámites de forma coordinada puede suponer un ahorro de costes para comunidades de propietarios o dueños de grandes inmuebles unifamiliares en el casco antiguo. También es habitual la solicitud de cédulas de habitabilidad en casos de segunda ocupación o reformas integrales que alteren la superficie útil del inmueble.