Cañada de Calatrava cuenta con un parque de aproximadamente 97 unidades residenciales. Dada su naturaleza de núcleo rural, predominan las viviendas unifamiliares de una o dos plantas, muchas de ellas construidas antes de la implementación del primer Código Técnico de la Edificación. Por ello, la calificación energética más común en la zona suele situarse en la letra E o F.
Al estar en una zona climática D3, los inviernos son fríos y los veranos calurosos, lo que penaliza a las viviendas con aislamientos deficientes en cubiertas y muros de fachada. Las viviendas rehabilitadas recientemente o de nueva construcción pueden alcanzar niveles C o B si han incorporado sistemas de aerotermia o mejoras significativas en la envolvente térmica. Para mejorar la nota en esta localidad, solemos recomendar la sustitución de ventanas de vidrio sencillo por climalit con rotura de puente térmico y el trasdosado interior de muros exteriores con aislante mineral.
El marco normativo principal es el Real Decreto 390/2021, que regula el procedimiento básico para la certificación. En el ámbito regional, el órgano encargado de la gestión es la Dirección General de Transición Energética de Castilla-La Mancha. Es obligatorio registrar el certificado en el registro oficial autonómico para que tenga validez legal frente a terceros.
La tasa administrativa para viviendas individuales en Castilla-La Mancha es de 16,51 euros. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética, que tiene una validez de 10 años, a menos que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que estos procedimientos se cumplan para garantizar la transparencia en el mercado inmobiliario y fomentar el ahorro energético nacional.
La carencia del certificado energético en Cañada de Calatrava durante el proceso de comercialización de un inmueble puede acarrear graves consecuencias legales y económicas. Según la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar un certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por no entregar el certificado original al comprador o arrendatario en el momento de la firma.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente al no haberse cumplido con los requisitos de información obligatoria, lo que genera una inseguridad jurídica innecesaria para el propietario.