Según dicta el Real Decreto 390/2021, solo los técnicos competentes pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, aparejadores, ingenieros industriales e ingenieros técnicos que estén debidamente colegiados. En Madrid, contar con un profesional local es fundamental, ya que conocen las tipologías constructivas de barrios tan diversos como el Barrio de Salamanca, con edificios de principios de siglo, o los PAU de Sanchinarro y Las Tablas, con normativas de aislamiento mucho más exigentes. El técnico tiene la obligación legal de realizar una inspección al inmueble para tomar medidas de fachadas, huecos, puentes térmicos y revisar los sistemas de climatización y agua caliente sanitaria (ACS). No confíes en servicios que prometan el certificado sin un desplazamiento físico, ya que carecen de validez legal y pueden acarrear sanciones graves.
El parque de viviendas de Madrid es sumamente heterogéneo. Con más de 1,5 millones de unidades, la edad media de las edificaciones influye directamente en la letra de la etiqueta. En el centro histórico y distritos consolidados antes de 1980, lo habitual es encontrar calificaciones E, F o G, debido a la ausencia de aislamiento en cámaras de aire y ventanas de vidrio sencillo. Por el contrario, las viviendas construidas tras el Código Técnico de la Edificación de 2006 suelen alcanzar letras C o D. En Madrid, la zona climática D3 penaliza mucho la falta de aislamiento en invierno. Las mejoras más efectivas para subir de letra en la capital incluyen el cambio de ventanas por sistemas de PVC con rotura de puente térmico y la sustitución de calderas de gas antiguas por sistemas de aerotermia o calderas de condensación de alta eficiencia, medidas que pueden mejorar la calificación en hasta dos niveles.
La normativa que regula el CEE en la región es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal, gestionado a nivel autonómico por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid. El órgano competente supervisa el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios. Es obligatorio que el certificado esté registrado para que tenga validez legal ante notario. A diferencia de otras comunidades, Madrid no cobra tasas administrativas para la inscripción de certificados de viviendas unifamiliares o pisos individuales, facilitando el trámite administrativo. La documentación oficial que recibe el propietario incluye el informe técnico de 8 a 15 páginas y la etiqueta energética, que debe incluirse obligatoriamente en cualquier portal inmobiliario como Idealista o Fotocasa para anunciar el inmueble.
No disponer del certificado energético vigente en Madrid puede salir muy caro. La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece sanciones que van desde los 300€ hasta los 6.000€. En una ciudad con un mercado de alquiler tan dinámico, las inspecciones son frecuentes. Las infracciones leves (300€-600€) suelen darse por anunciar el piso sin mencionar la calificación energética. Las graves (601€-1.000€) ocurren al vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario. Por último, las muy graves (1.001€-6.000€) implican el falseamiento de datos. Además de la multa, el contrato de arrendamiento podría ser impugnado por el inquilino, provocando problemas legales adicionales al propietario.
Al solicitar tu certificado energético, es un momento ideal para gestionar otros trámites obligatorios. En Madrid, los edificios de más de 30 años deben pasar la ITE (Inspección Técnica de Edificios). Si estás pensando en solicitar subvenciones de los Fondos Next Generation para rehabilitar tu vivienda, necesitarás un certificado previo y otro posterior a las obras para justificar el ahorro energético. Aunque en la Comunidad de Madrid no existe la cédula de habitabilidad como tal para viviendas antiguas (se utiliza la Licencia de Primera Ocupación), el CEE es el documento técnico más solicitado junto con los planos de superficie para cualquier operación de compraventa exitosa.