El parque de viviendas en Luciana, que suma unas 345 unidades, se caracteriza por una predominancia de viviendas unifamiliares, muchas de ellas construidas antes de la entrada en vigor de normativas térmicas estrictas como el CTE de 2006. Debido a la zona climática D3, donde los inviernos son rigurosos, es muy común encontrar calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas suelen presentar pérdidas de calor a través de cubiertas y fachadas sin aislamiento. Sin embargo, inmuebles rehabilitados que han incorporado ventanas con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, o aquellos que han sustituido calderas antiguas por sistemas de aerotermia o biomasa, pueden alcanzar fácilmente calificaciones C o D. En el caso de obra nueva en el municipio, la normativa actual exige niveles de eficiencia que sitúan a las propiedades en las letras A o B, garantizando un consumo de energía primario muy reducido.
La normativa que regula el certificado energético en Luciana emana del RD 390/2021 a nivel nacional, pero su gestión práctica depende de la Dirección General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El registro es 100% telemático y requiere la firma electrónica del técnico. Una particularidad de esta comunidad es la obligatoriedad de adjuntar fotografías de la fachada y de las instalaciones principales en el expediente de registro para evitar fraudes. La tasa de 16,14€ es fija para viviendas, mientras que para edificios completos o locales comerciales de gran superficie el importe puede variar. Una vez registrado, el certificado tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Fuentes oficiales como el IDAE recomiendan mantener siempre una copia digital del documento para cualquier trámite ante notario o agencia inmobiliaria.
La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece un régimen sancionador estricto para quienes incumplan la obligación de disponer del CEE. En Luciana, las multas pueden clasificarse en tres niveles: leves (300€ a 600€) por anunciar la venta o alquiler de una vivienda sin mencionar la calificación; graves (601€ a 1.000€) por no entregar el certificado al comprador o arrendatario; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear la información del certificado. Además de la sanción económica, el contrato de compraventa o alquiler puede ser impugnado por el adquirente, y el vendedor podría verse obligado a indemnizar por daños y perjuicios derivados de una información energética errónea. Dada la creciente digitalización de portales inmobiliarios, la falta de etiqueta es detectada automáticamente por los algoritmos de control de la administración.