Leciñena cuenta con un parque de aproximadamente 701 unidades inmobiliarias. Gran parte de estas construcciones pertenecen al casco tradicional, con viviendas unifamiliares construidas antes de la primera normativa de aislamiento térmico de 1979 (NBE-CT-79). En este tipo de inmuebles, lo habitual es obtener una calificación energética E, F o G, debido a la presencia de muros de piedra o ladrillo macizo sin cámara de aire y ventanas de madera con vidrio sencillo.
Por otro lado, las promociones más recientes y las viviendas unifamiliares rehabilitadas suelen alcanzar niveles C o D. Para mejorar la letra en Leciñena, dada su ubicación en la zona climática B3-C2, las acciones más efectivas suelen ser la instalación de ventanas con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, así como el aislamiento de techos bajo cubierta, lo que puede reducir el consumo de energía primaria en más de un 30%.
La normativa que regula la eficiencia energética en Leciñena se basa en el marco estatal del RD 390/2021 y en las directrices de la Comunidad Autónoma de Aragón. El órgano competente es la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, encargada de gestionar el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios. Este registro es digital y permite la validación de la etiqueta energética mediante un código de verificación.
Es importante destacar que el certificado tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Los propietarios deben conservar el documento original y entregarlo al comprador o mostrarlo al arrendatario. La fuente oficial para cualquier consulta normativa adicional es el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) y el Boletín Oficial de Aragón.
No disponer del certificado energético en Leciñena para anunciar, vender o alquilar una vivienda conlleva riesgos legales y económicos significativos según la Ley 8/2013. Las sanciones se dividen en tres categorías:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar el certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una localidad con un mercado de alquiler residencial activo, la ausencia de este documento puede paralizar una firma ante notario, ya que el registrador de la propiedad exige la referencia del certificado para inscribir la escritura de compraventa.