Higuera de las Dueñas cuenta con un parque de 536 inmuebles, donde predominan las viviendas unifamiliares de tipología rural y algunas promociones de segunda residencia construidas en las últimas décadas. Gran parte de las construcciones anteriores a 1980 carecen de aislamiento en cámara, lo que suele resultar en calificaciones energéticas situadas entre las letras E y G. Al estar en la zona climática D3, los inviernos son fríos, y la demanda de calefacción es elevada. En viviendas más recientes, construidas bajo el Código Técnico de la Edificación de 2007, es común alcanzar letras D o C. Las mejoras más efectivas en esta zona para subir de nivel incluyen el trasdosado de muros con lana de roca y la sustitución de carpinterías antiguas por ventanas de PVC con rotura de puente térmico y doble acristalamiento.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, complementado por la gestión autonómica del EREN (Ente Regional de la Energía de Castilla y León). En esta comunidad, el registro es obligatorio tanto para edificios nuevos como para los existentes que se pongan en el mercado. Una particularidad de Castilla y León es que la vigencia del certificado es de 10 años, a menos que la calificación energética sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el Ministerio para la Transición Ecológica recalcan que el propietario es el responsable último de presentar el certificado ante el registro y de entregar una copia al comprador o arrendatario en el momento de la formalización del contrato.
Carecer del certificado energético en Higuera de las Dueñas durante la publicidad o venta de un inmueble conlleva riesgos legales y financieros importantes según la Ley 8/2013. Las infracciones leves, como anunciar una vivienda en Idealista o Fotocasa sin mencionar la calificación, pueden acarrear sanciones de 300 a 600 euros. Las infracciones graves, como vender un inmueble sin entregar el certificado al comprador, pueden elevar la multa hasta los 1.000 euros. En casos de falsedad documental, las multas alcanzan los 6.000 euros. Además de la sanción económica, la ausencia del CEE puede dar lugar a la rescisión del contrato de alquiler por parte del inquilino o a la paralización de la firma en la notaría.