Gallocanta cuenta con un parque de aproximadamente 136 viviendas, caracterizado por una arquitectura rural tradicional y algunas construcciones de mediados del siglo XX. Debido a que la mayoría de estas viviendas fueron edificadas antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación más frecuente suele situarse en las letras E, F o G. La zona climática D3 de Gallocanta exige un aislamiento térmico reforzado para combatir las bajas temperaturas invernales. En viviendas unifamiliares de piedra o adobe, es común encontrar pérdidas de calor por techos y ventanas antiguas. Para mejorar la letra en la etiqueta, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado de muros exteriores con aislante mineral y la sustitución de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y doble acristalamiento, lo que podría elevar la calificación a una D o incluso C en rehabilitaciones energéticas profundas.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, el cual amplió la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios públicos o alquileres vacacionales. En el ámbito autonómico, el registro se gestiona a través del Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón, dependiente del Departamento de Industria. Este organismo es el encargado de supervisar que los certificados cumplan con los estándares técnicos exigidos por el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica. Tras el registro, el propietario recibe la Etiqueta Energética, que tiene una validez máxima de 10 años, excepto en casos donde la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años, incentivando así la mejora de la eficiencia en los inmuebles menos sostenibles.
No disponer del certificado de eficiencia energética para anunciar una vivienda en portales inmobiliarios o para formalizar un contrato de compraventa en Gallocanta conlleva riesgos legales importantes. Según la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, las sanciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar el certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin cumplir los requisitos.
En una localidad pequeña como Gallocanta, la inspección administrativa puede derivarse de denuncias de terceros o revisiones aleatorias del registro de fianzas de alquiler.