Según la normativa vigente, solo los técnicos competentes con titulación habilitante pueden emitir un certificado de eficiencia energética en Fene. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros (industriales, de minas, forestales, etc.). El técnico debe estar colegiado y contar con la formación específica en software de calificación energética. La labor del profesional incluye la inspección al inmueble, donde se toman medidas, se comprueban los materiales de fachada, el tipo de ventanas y los sistemas de calefacción o agua caliente sanitaria. Contratar a un técnico con experiencia en la zona de Ferrolterra garantiza un conocimiento profundo de las tipologías constructivas habituales en la comarca, facilitando una calificación más precisa.
Fene presenta un parque inmobiliario diverso con 7.908 unidades. Gran parte de la edificación en barrios como Perlío o San Valentín se desarrolló entre 1960 y 1980, años en los que la normativa de aislamiento era escasa. Por ello, es habitual encontrar calificaciones de tipo E o G en viviendas que no han sido rehabilitadas. En cambio, las promociones más recientes y las viviendas unifamiliares que han renovado sus cerramientos suelen alcanzar letras C o D. Al estar en la zona climática C1, las mejoras más efectivas para subir de letra en Fene suelen ser el cambio de carpinterías por sistemas de rotura de puente térmico y la sustitución de calderas antiguas por sistemas de aerotermia o condensación, dada la alta demanda de calefacción en los meses húmedos de invierno.
Toda certificación en Fene debe cumplir con el Real Decreto 390/2021, que amplió la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios públicos o alquileres de corta duración. En el ámbito autonómico, el organismo competente es el Inega (Instituto Enerxético de Galicia), dependiente de la Xunta. Este ente gestiona el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Galicia. La presentación es obligatoriamente telemática y requiere firma electrónica del técnico o del representante. Una vez registrado, se emite la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación es una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la normativa actual.
Vender o alquilar una vivienda en Fene sin disponer del certificado energético vigente puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como no mencionar la calificación en los anuncios de portales inmobiliarios, conllevan multas de 300€ a 600€. Las infracciones graves, como vender un inmueble sin entregar el certificado al comprador, pueden alcanzar los 1.000€, mientras que el falseamiento de datos puede suponer multas de hasta 6.000€. Además de la multa, el contrato de arrendamiento podría ser impugnado por el inquilino por falta de información esencial.
Además del certificado energético, los edificios en Fene con más de 50 años de antigüedad están obligados a pasar la ITE (Inspección Técnica de Edificios) o el IEE (Informe de Evaluación de los Edificios). Aprovechar la visita del técnico para realizar ambos trámites puede suponer un ahorro de costes. Asimismo, si está pensando en solicitar ayudas del Plan Renove o fondos Next Generation para rehabilitación energética, necesitará un certificado previo y otro posterior que demuestre la mejora de la eficiencia en al menos un 30%.