El parque de viviendas de Fago, compuesto por unas 80 unidades, presenta características típicas de los núcleos rurales del Pirineo. Gran parte de las construcciones son anteriores a 1980, lo que suele resultar en calificaciones energéticas bajas, predominantemente letras E, F o G, debido a la falta de aislamiento térmico en muros de piedra tradicionales. Sin embargo, las rehabilitaciones recientes que han incorporado doble acristalamiento y calderas de pellets pueden alcanzar letras C o D. En esta zona climática D1, las mejoras que más impacto tienen en la letra final son el trasdosado de fachadas con aislante y la sustitución de antiguas calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, pudiendo reducir el consumo energético hasta en un 40%.
La tramitación del certificado de eficiencia energética en Fago se rige por el marco estatal del RD 390/2021 y la gestión autonómica a través del Registro de Certificación Energética de Edificios de la Comunidad Autónoma de Aragón. Este registro es gestionado por la Dirección General competente en materia de Energía. Es obligatorio que el certificado esté debidamente inscrito para que tenga validez legal ante terceros. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética oficial, que tiene una validez máxima de 10 años, excepto si la calificación es una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la última actualización normativa. Las fuentes oficiales como el IDAE subrayan la importancia de este registro para el control estadístico del parque inmobiliario español.
La carencia del certificado energético en una operación de compraventa o alquiler en Fago conlleva riesgos legales significativos. Según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con multas que oscilan entre los 300€ y los 6.000€. Publicitar un inmueble en portales inmobiliarios sin mostrar la etiqueta energética ya es motivo de sanción leve. Además, en el caso de una venta, el notario exigirá el certificado original para adjuntarlo a la escritura pública. En el caso de alquileres, el arrendatario tiene derecho a exigir una copia del documento, y su ausencia podría ser motivo de nulidad del contrato o reclamaciones por daños y perjuicios.