El parque de viviendas de Escarabajosa de Cabezas, compuesto por unas 239 unidades, refleja la historia constructiva de la provincia de Segovia. Gran parte de las edificaciones son unifamiliares de construcción tradicional anteriores a 1980, año en que entró en vigor la primera normativa de aislamiento térmico (NBE-CT-79). Por ello, es común encontrar calificaciones tipo E, F o G en el estado original.
Debido a la zona climática D3, los inmuebles sufren grandes pérdidas de calor en invierno. Las mejoras que más elevan la letra en la escala energética en esta zona son el trasdosado de muros exteriores con aislamiento de lana de roca, la sustitución de ventanas antiguas por modelos con rotura de puente térmico y la actualización de calderas antiguas por sistemas de aerotermia o calderas de condensación de alta eficiencia.
El marco legal principal es el Real Decreto 390/2021, que amplía la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios públicos de más de 250 m² o alquileres vacacionales. En Castilla y León, el organismo encargado de gestionar estos expedientes es el Ente Regional de la Energía (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda.
El registro es obligatorio para que el certificado tenga validez legal frente a terceros. Una vez tramitado, el propietario recibe la Etiqueta de Eficiencia Energética, que muestra el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones. Este registro tiene una validez de 10 años, excepto si la calificación obtenida es una G, en cuyo caso la validez máxima se reduce a 5 años según la última actualización normativa del Ministerio para la Transición Ecológica.
La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece un régimen sancionador estricto. En Escarabajosa de Cabezas, no disponer del certificado energético vigente en el momento de anunciar una propiedad en alquiler o venta puede conllevar:
- Infracciones leves (300€ a 600€): Por anunciar el inmueble sin mencionar la calificación energética o no renovar el certificado caducado.
- Infracciones graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado original al comprador o arrendatario.
- Infracciones muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como certificador sin ser técnico competente.
Evite riesgos legales innecesarios contratando a profesionales que aseguren el registro correcto en la administración autonómica.