La normativa vigente exige que el certificado sea suscrito por un técnico competente. En Córdoba, esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros industriales o de edificación debidamente colegiados. Estos profesionales son los únicos autorizados para realizar la inspección al inmueble, requisito indispensable según la ley para validar la toma de datos de muros, huecos y sistemas de energía. Un técnico cualificado no solo emite una letra (de la A a la G), sino que propone medidas de mejora personalizadas para reducir la demanda energética en el clima cordobés, donde el aislamiento contra el calor es crítico. Elegir un técnico con experiencia en el parque inmobiliario local garantiza que los cálculos de transmitancia térmica se ajusten a la realidad constructiva de la zona.
El parque de viviendas de Córdoba, con más de 164.000 unidades, presenta una gran diversidad. En zonas como el Casco Antiguo o barrios consolidados como Ciudad Jardín y Levante (construidos mayoritariamente entre 1960 y 1980), lo más habitual es obtener una calificación E o F. Esto se debe a la ausencia de aislamiento térmico en cámaras de aire y al uso de carpinterías de aluminio sencillo. Por el contrario, en las nuevas zonas de expansión como Poniente o Arruzafilla, las viviendas post-2007 suelen alcanzar letras C o D gracias al cumplimiento del Código Técnico de la Edificación. En Córdoba, dada su ubicación en la zona D3, las mejoras más efectivas suelen ser la instalación de vidrios bajo emisivos y el aislamiento de techos, factores que pueden subir la calificación una letra completa, revalorizando el inmueble hasta un 10% en el mercado de alquiler.
Toda certificación en la ciudad se rige por el RD 390/2021 a nivel nacional y por el decreto autonómico de la Junta de Andalucía que regula el Registro de Certificados Energéticos de Andalucía (REER). El propietario tiene la obligación de registrar el documento para que este tenga validez legal. La administración andaluza requiere el pago de una tasa administrativa y la presentación telemática por parte del técnico o el propietario. Una vez registrado, el certificado tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es importante conservar el documento original y la etiqueta energética, ya que serán solicitados por el notario en caso de venta o deben ser entregados al inquilino en caso de arrendamiento de la vivienda.
No disponer del certificado energético en Córdoba ante una inspección o durante un proceso de venta o alquiler puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una ciudad con un mercado de alquiler turístico y residencial tan activo como Córdoba, el control administrativo es creciente, por lo que tramitar el certificado oficial es la mejor protección legal para el propietario.
Además del certificado de eficiencia energética, los propietarios en Córdoba deben considerar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) si el inmueble tiene más de 50 años. Estos documentos son complementarios y, en muchas ocasiones, los técnicos pueden realizar ambas inspecciones de forma conjunta para optimizar costes. La ITE se centra en la seguridad estructural, mientras que el CEE analiza el consumo de energía, siendo ambos fundamentales para la rehabilitación energética y el acceso a subvenciones de fondos europeos Next Generation destinados a la mejora de fachadas y cubiertas en la capital cordobesa.