Chimeneas presenta un parque inmobiliario compuesto mayoritariamente por 1.046 unidades residenciales, donde predominan las viviendas unifamiliares de planta baja o dos alturas y edificaciones tradicionales. Gran parte de estas construcciones fueron levantadas antes de la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación (CTE) de 2006, lo que suele resultar en calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas a menudo carecen de aislamiento térmico en cámaras de aire y cuentan con carpinterías de aluminio sencillo. Para mejorar la letra en el certificado energético Chimeneas, las recomendaciones más efectivas en esta zona climática D3 incluyen la sustitución de ventanas por modelos con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, así como la actualización de calderas de gasoil o gas por sistemas de aerotermia o biomasa, muy eficientes en entornos rurales.
El marco legal que regula la eficiencia energética en Chimeneas es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de energía. El registro oficial es telemático y obligatorio para que el certificado tenga validez legal ante terceros. Una vez registrado, el propietario recibe la etiqueta energética, que incluye el número de registro y la fecha de caducidad (generalmente 10 años, salvo si la calificación es G, en cuyo caso es de 5 años). Es fundamental que este trámite sea realizado por un técnico autorizado para evitar problemas en la inscripción en el Registro de Certificados Energéticos de Andalucía. Puedes contratar tu certificado ahora para asegurar que tu vivienda cumple con todos los requisitos del IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica.
Ignorar la obligación de disponer del certificado energético en Chimeneas puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como anunciar la venta o alquiler de un piso sin mencionar su calificación energética, conllevan multas de 300 a 600 euros. Las infracciones graves, como vender un inmueble sin entregar el certificado original al comprador, pueden alcanzar los 1.000 euros. En casos de falsear el resultado, las multas llegan hasta los 6.000 euros. Además de la sanción económica, la ausencia de este documento puede paralizar una firma en notaría o dar derecho al inquilino a rescindir el contrato de alquiler por incumplimiento de los requisitos de información al consumidor.