La normativa vigente estipula que solo los técnicos competentes pueden emitir el certificado energético Burgo de Osma-Ciudad de Osma. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos debidamente colegiados. Es imperativo que el profesional realice una inspección al inmueble obligatoria por ley; no son válidos los certificados realizados exclusivamente de forma remota. El técnico se encarga de tomar medidas de las estancias, analizar la composición de los cerramientos (muros y ventanas) y revisar las instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria. En nuestra red contamos con técnicos especialistas en la provincia de Soria que conocen perfectamente la arquitectura tradicional del Burgo y de la Ciudad de Osma, garantizando un informe preciso y ajustado a la realidad constructiva de la zona.
El parque inmobiliario de Burgo de Osma-Ciudad de Osma, compuesto por unas 4.505 unidades, presenta una dualidad marcada. Por un lado, el casco histórico y la Ciudad de Osma cuentan con edificaciones tradicionales de piedra y adobe, muchas de ellas anteriores a 1979, donde es habitual obtener calificaciones E, F o G debido a la falta de aislamiento en muros. Por otro lado, las zonas de expansión y nuevas promociones construidas tras el CTE de 2006 suelen alcanzar letras C o D. Dado que nos encontramos en una zona climática D3, las mayores pérdidas energéticas se producen en invierno. Para mejorar la letra en esta localidad, las intervenciones más efectivas suelen ser el trasdosado interior de fachadas con aislante térmico y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, lo que puede elevar la calificación hasta dos niveles.
El marco normativo que regula la eficiencia energética es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal. En el ámbito autonómico, la Junta de Castilla y León gestiona el registro a través del Ente Público Regional de la Energía (EREN). El registro es estrictamente telemático y requiere que el técnico posea firma electrónica reconocida. Una vez registrado el certificado en el sistema ERICLE, se genera la etiqueta energética oficial, que contiene el código de registro y la validez del documento. Este documento es el que exige el notario en una compraventa o el arrendatario en un contrato de alquiler. La transparencia de este registro permite que la administración supervise que todos los inmuebles en Burgo de Osma-Ciudad de Osma cumplan con los estándares de sostenibilidad europeos, alineados con las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético en Burgo de Osma-Ciudad de Osma conlleva riesgos legales y económicos significativos bajo la Ley 8/2013. Las sanciones se dividen en tres categorías:
- Leves (300€ a 600€): Publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
En una localidad con un fuerte componente turístico y residencial como Burgo de Osma-Ciudad de Osma, la vigilancia en portales inmobiliarios es constante, por lo que el coste de la multa supera con creces la pequeña inversión que supone realizar el certificado correctamente.
Además del certificado energético, los propietarios en Burgo de Osma-Ciudad de Osma pueden requerir otros documentos técnicos según la antigüedad del edificio. Para inmuebles con más de 40 años, es obligatoria la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE). Realizar ambos trámites de forma conjunta con el mismo técnico suele permitir un ahorro de costes significativo. Asimismo, si está pensando en solicitar subvenciones para la rehabilitación energética (fondos Next Generation), necesitará un certificado energético previo y uno posterior que demuestre la mejora de la eficiencia en, al menos, un 30%.