Azuara cuenta con un parque de aproximadamente 720 viviendas, donde predomina la tipología de casa de pueblo unifamiliar y construcciones de mediados del siglo XX. Debido a la antigüedad de gran parte de los inmuebles, la calificación energética más habitual oscila entre las letras E y G. Las viviendas construidas antes de 1980 carecen generalmente de aislamiento en cámaras de aire, lo que penaliza la nota final.
Para mejorar esta calificación en Azuara, las intervenciones más efectivas suelen ser el trasdosado de fachadas con aislamiento térmico y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos. En inmuebles de obra nueva o rehabilitaciones integrales posteriores a 2007, es posible alcanzar calificaciones C o D, lo que reduce el consumo energético hasta en un 40% respecto a la media local.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal. En el ámbito autonómico, la gestión corresponde a la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón. Es obligatorio que, una vez redactado el informe por el técnico, este sea inscrito en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón.
Una vez finalizado el registro, el propietario recibe la Etiqueta Energética Oficial, que muestra el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2. Este documento tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años, obligando a una renovación más frecuente para incentivar la mejora del parque inmobiliario.
La Ley 8/2013 establece un régimen sancionador estricto para proteger a los consumidores. En Azuara, vender o alquilar sin el certificado en vigor puede acarrear multas que van desde los 300 a los 6.000 euros. Las infracciones más comunes detectadas en portales como Idealista o Fotocasa incluyen publicitar el inmueble sin mencionar la calificación energética o mostrar una etiqueta "en trámite" de forma permanente.
Además de la sanción económica, la ausencia del certificado puede paralizar la firma de una compraventa ante notario o provocar la nulidad del contrato de arrendamiento si el inquilino lo denuncia. Es un trámite económico comparado con los riesgos legales que conlleva su omisión.