Atapuerca presenta un parque inmobiliario compuesto mayoritariamente por viviendas unifamiliares y construcciones de tipo rural. Dada la antigüedad de muchas de estas edificaciones, construidas antes de la implementación del Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación más común suele situarse entre las letras E y G. Las casas de piedra tradicionales, aunque poseen inercia térmica, suelen carecer de aislamiento específico en cámaras de aire, lo que penaliza el consumo energético en una zona D1 con temperaturas invernales bajo cero.
Para mejorar la letra en el certificado, las intervenciones más efectivas en Atapuerca suelen ser el trasdosado interior con lana mineral, el cambio de ventanas por carpinterías de rotura de puente térmico y la sustitución de antiguas calderas de gasoil por sistemas de aerotermia o biomasa, los cuales aprovechan mejor los recursos energéticos y reducen drásticamente las emisiones de CO2.
El registro de los certificados en esta comunidad se realiza a través del CEREN (Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León), dependiente de la Dirección General de Energía y Minas. El cumplimiento del Real Decreto 390/2021 es estrictamente supervisado, y la etiqueta emitida tiene una validez de 10 años, excepto cuando la calificación obtenida es una 'G', en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es obligatorio que cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler en portales inmobiliarios incluya la imagen de la etiqueta energética oficial. La fuente oficial de referencia para estos trámites es el Ente Regional de la Energía (EREN) y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Vender o alquilar una vivienda en Atapuerca sin el certificado energético vigente puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se clasifican en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar un inmueble sin mencionar su calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el nuevo habitante por incumplimiento de los requisitos informativos legales.