La normativa estipula que solo técnicos competentes con titulación habilitante pueden emitir el certificado de eficiencia energética Villanázar. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales e ingenieros de edificación, entre otros profesionales colegiados. Es imperativo que el técnico realice una inspección al inmueble de forma presencial para verificar aspectos como el tipo de cerramientos, el estado de las ventanas y el rendimiento de la caldera o sistemas de climatización. En la zona de Zamora, contamos con profesionales que conocen perfectamente la arquitectura tradicional y las nuevas construcciones del núcleo rural, asegurando que los valores introducidos en el cálculo reflejen la realidad energética de la vivienda. Un técnico colegiado no solo firma un documento, sino que ofrece seguridad jurídica frente a posibles reclamaciones del comprador o arrendatario.
El parque inmobiliario de Villanázar, compuesto por unas 221 unidades, presenta una tipología mixta entre casas de pueblo tradicionales y viviendas unifamiliares de construcción más reciente. Debido a que gran parte de las edificaciones son anteriores a la implantación de la NBE-CT-79, es habitual encontrar calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas suelen carecer de aislamiento en cámaras de aire y poseen puentes térmicos en carpinterías de aluminio antiguo. Por el contrario, las rehabilitaciones realizadas en la última década que han incluido trasdosados de pladur con lana de roca o sustitución de ventanas por rotura de puente térmico suelen ascender a una letra D o C. En esta zona climática D3, las mejoras más efectivas para subir de letra incluyen el aislamiento de cubiertas y la instalación de calderas de biomasa, muy comunes en el entorno rural zamorano.
El marco legal que regula el CEE Villanázar es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, el cual amplió la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios con una superficie útil superior a 500 m². En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN). Es obligatorio que el certificado esté debidamente inscrito en este registro para que tenga validez legal ante notario. Una vez registrado, el propietario recibe la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que estos procedimientos fomenten la descarbonización del parque edificado español para el año 2050.
No disponer del certificado energético en Villanázar al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: leves (300€ a 600€) por no mencionar la calificación en los anuncios, graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado, y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear el resultado del documento. En una localidad de carácter rural como Villanázar, el control suele intensificarse en los portales inmobiliarios online. Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el nuevo ocupante si se demuestra que no se entregó la información energética preceptiva, lo que generaría un conflicto legal y costes adicionales para el vendedor.