El parque de viviendas de Terriente, compuesto por unas 211 unidades, presenta una tipología mayoritariamente rural y tradicional. Gran parte de las edificaciones son unifamiliares de piedra y forjados de madera, muchas de ellas construidas antes de la primera normativa de aislamiento de 1979. Debido a esto y a la dureza de la zona climática D3, la calificación más frecuente suele situarse entre la E y la G. Sin embargo, aquellas viviendas que han sido rehabilitadas con doble acristalamiento, aislamiento térmico en cubiertas o sistemas de biomasa pueden alcanzar fácilmente una calificación D o incluso C. Para mejorar la letra en Terriente, las actuaciones más efectivas suelen ser el trasdosado de muros de piedra con lana de roca y la sustitución de calderas de gasoil por aerotermia o pellets, aprovechando los recursos locales.
La gestión de la eficiencia energética en Aragón se centraliza a través del Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios, dependiente del Departamento de Industria. El marco regulador principal es el Real Decreto 390/2021, que amplió la obligatoriedad del certificado a inmuebles de más de 500 m2 de uso público y a todas las viviendas destinadas a alquiler vacacional. En Aragón, la tramitación es 100% telemática, lo que agiliza la obtención de la etiqueta energética. Es fundamental que el propietario conserve el documento original y el justificante de registro, ya que serán solicitados por el notario en el momento de la firma de una compraventa o por el inquilino al formalizar un contrato de arrendamiento. Puedes consultar más detalles en la web oficial del Gobierno de Aragón o en el portal del IDAE.
No disponer del certificado energético en Terriente cuando se publicita una vivienda para venta o alquiler es una infracción tipificada en la Ley 8/2013. Las sanciones se dividen en tres niveles: las leves (300€ a 600€) por no incluir la etiqueta en los anuncios de portales como Idealista o Fotocasa; las graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado válido; y las muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear el resultado del documento. Además de la multa económica, la ausencia del CEE puede suponer la nulidad del contrato de arrendamiento y la paralización de la firma ante notario, provocando retrasos costosos en las operaciones inmobiliarias. Mantener el certificado en vigor (10 años de validez general) es una inversión mínima comparada con los riesgos legales derivados de su ausencia.