De acuerdo con la normativa vigente, el certificado de eficiencia energética en Sevilla la Nueva debe ser realizado por técnicos competentes que posean la titulación académica y profesional requerida (arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros o ingenieros técnicos). Estos profesionales deben estar colegiados y contar con la formación específica para el manejo de las herramientas de certificación reconocidas por el Ministerio para la Transición Ecológica. En nuestro equipo contamos con técnicos expertos que realizan la inspección al inmueble de forma presencial, verificando elementos críticos como el tipo de cerramientos, el espesor del aislamiento, la calidad de las ventanas y la eficiencia de las calderas o sistemas de climatización. La profesionalidad del técnico asegura que las recomendaciones de mejora sean realistas y útiles para aumentar el valor de la propiedad.
El parque de viviendas de Sevilla la Nueva, compuesto por unas 4.022 unidades, destaca por una alta proporción de viviendas unifamiliares aisladas y adosadas, muchas de ellas construidas durante la expansión residencial entre 1990 y 2010. Debido a la zona climática D3, donde el invierno es riguroso, las calificaciones más frecuentes oscilan entre la E y la D. Los inmuebles anteriores a la normativa térmica de 1979 suelen caer en la letra F o G por falta de aislamiento. Para mejorar esta calificación en la zona, las medidas más efectivas suelen ser el trasdosado de muros exteriores con lana de roca o poliestireno, y la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos. Una mejora de letra puede incrementar el valor de mercado de la vivienda y reducir significativamente las facturas de suministros.
El marco legal que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, el cual amplió la obligatoriedad del certificado a más supuestos, como edificios públicos o viviendas destinadas a alquiler vacacional. En el ámbito regional, el órgano competente es la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid. El registro es obligatoriamente telemático y, una vez procesado, emite la Etiqueta de Eficiencia Energética, que tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es imperativo que el certificado esté registrado antes de realizar cualquier comunicación publicitaria del inmueble, ya que la etiqueta debe figurar en cualquier anuncio de venta o alquiler.
No disponer del certificado energético en Sevilla la Nueva cuando es obligatorio puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como anunciar la venta sin mencionar la calificación, pueden conllevar multas de 300 a 600 euros. Las infracciones graves, como vender o alquilar sin entregar el certificado original al comprador o arrendatario, oscilan entre 601 y 1.000 euros. Por último, las muy graves, como falsear el resultado de la certificación, pueden alcanzar los 6.000 euros. Más allá de la multa, la ausencia de este documento puede paralizar una firma ante notario, ya que los registradores de la propiedad exigen el código de registro del CEE para inscribir las escrituras de compraventa.