Según lo establecido por el Real Decreto 390/2021, el certificado energético en Santa María de Ordás debe ser realizado exclusivamente por técnicos competentes. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros habilitados. En nuestra red, contamos con técnicos colegiados con amplia experiencia en el parque inmobiliario leonés. La normativa exige obligatoriamente una inspección al inmueble presencial para la toma de datos: medición de huecos, comprobación de puentes térmicos, análisis de calderas y verificación de materiales constructivos. No confíe en servicios que prometen el certificado sin desplazarse, ya que carecen de validez legal y pueden derivar en sanciones graves tanto para el técnico como para el propietario demandante.
Santa María de Ordás presenta un parque inmobiliario de 382 unidades, predominantemente compuesto por viviendas unifamiliares aisladas y casas tradicionales de pueblo. Al estar situadas en una zona climática C1, con una altitud media de más de 900 metros, las necesidades de calefacción son elevadas. La mayoría de las construcciones anteriores a 1979 suelen obtener una calificación E o F, debido a la ausencia de aislamiento en muros y ventanas de vidrio sencillo. Por el contrario, las rehabilitaciones recientes que han incorporado trasdosados de lana de roca o ventanas con rotura de puente térmico y doble acristalamiento pueden alcanzar una letra D o incluso C. Para mejorar la nota en esta zona, las medidas más efectivas suelen ser el cambio de calderas de gasoil por aerotermia y el refuerzo del aislamiento en bajocubierta, dado el clima riguroso de la montaña leonesa.
El marco legal que regula la eficiencia energética en Santa María de Ordás es el RD 390/2021 a nivel nacional, complementado por la gestión autonómica de la Junta de Castilla y León a través del EREN (Ente Regional de la Energía). El Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios (CEREN) es el organismo encargado de custodiar y validar los certificados. Es imperativo que, una vez finalizado el informe por el técnico, este se registre telemáticamente para obtener la etiqueta oficial. La tasa administrativa actual para viviendas es de 29,10€, un pago necesario para que el documento tenga validez legal ante el Ministerio de Transición Ecológica. Sin el número de registro y la etiqueta con el código QR correspondiente, el certificado no es válido para contratos de compraventa o arrendamiento.
No disponer del certificado energético en Santa María de Ordás cuando existe obligación legal conlleva riesgos importantes según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en tres categorías: leves (300€ a 600€) por anunciar la vivienda sin mencionar la calificación; graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear datos o actuar sin ser técnico competente. Además de la sanción económica, el contrato de alquiler podría ser impugnado por el inquilino y el proceso de venta podría paralizarse en la notaría, ya que los registradores de la propiedad exigen el CEE vigente para inscribir la transmisión de la finca.
Además del certificado energético, los propietarios en Santa María de Ordás pueden requerir otros documentos técnicos según la antigüedad de su inmueble. Para edificios de más de 40 años, es recomendable consultar la obligatoriedad de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación de Edificios (IEE), especialmente si se pretenden solicitar subvenciones de rehabilitación energética de los fondos Next Generation. Aunque en Castilla y León no se exige la cédula de habitabilidad como en otras comunidades, el certificado de eficiencia energética actúa como el documento principal para acreditar la calidad técnica y el consumo estimado de la vivienda ante cualquier administración o entidad bancaria.