De acuerdo con el Real Decreto 390/2021, el certificado energético Rionegro del Puente debe ser realizado exclusivamente por un técnico competente que posea la titulación académica y profesional habilitante. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros de diversas especialidades. Es fundamental que el técnico esté colegiado en su respectivo colegio profesional, como el de Zamora, lo que garantiza un seguro de responsabilidad civil vigente ante cualquier error en la calificación.
La inspección al inmueble es obligatoria y presencial. El técnico debe verificar personalmente la composición de los cerramientos y la eficiencia de las calderas o equipos de aire acondicionado. Desconfíe de ofertas que no incluyan la visita física, ya que podrían derivar en sanciones administrativas graves para el propietario por presentar un documento fraudulento.
El parque de viviendas en Rionegro del Puente, compuesto por unas 310 unidades, presenta características típicas de los núcleos rurales de la provincia de Zamora. Una gran parte de las construcciones son anteriores al año 1980, lo que significa que carecen de aislamiento térmico en cámara de aire, situando la calificación media en las letras E, F o G.
Dada la zona climática C1, las viviendas que no han sido reformadas suelen presentar grandes pérdidas de calor por fachadas y techumbres. Para mejorar la letra energética en esta zona, las intervenciones más efectivas incluyen la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, así como el trasdosado interior con lana de roca o poliestireno. En las escasas promociones de obra nueva o rehabilitaciones integrales post-2007, es posible alcanzar calificaciones D o C si se han instalado sistemas de aerotermia o calderas de biomasa, muy comunes en el entorno rural zamorano.
El incumplimiento de la obligación de presentar el certificado energético en Rionegro del Puente durante una operación de compraventa o alquiler conlleva sanciones económicas reguladas por la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres categorías:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética o no renovar un certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por entregar un certificado al comprador o inquilino sin que este haya sido previamente registrado en la Junta de Castilla y León.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear el resultado de la inspección o actuar como certificador sin tener la titulación requerida.
En una localidad con atractivo para el turismo rural, los controles en portales inmobiliarios son frecuentes, por lo que es esencial disponer de la etiqueta antes de publicar cualquier anuncio.