El parque de viviendas de Reyero, con sus 131 unidades censadas, presenta características propias de la arquitectura de montaña de León. La mayoría de las construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79), lo que suele derivar en calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas suelen tener muros gruesos de piedra pero carecen de aislamiento térmico moderno en cámaras y cubiertas. Dado que Reyero se encuentra en la zona climática C1, el gasto en calefacción es el factor determinante. Las mejoras más efectivas en esta zona para subir la letra en la escala de eficiencia incluyen la sustitución de calderas de gasoil por aerotermia o pellets, y la instalación de ventanas con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, que pueden mejorar la calificación hasta una letra D o C.
La normativa que rige la certificación en Reyero es el RD 390/2021 a nivel nacional, complementado por las disposiciones de la Junta de Castilla y León. El órgano encargado de la gestión de estos certificados es el Ente Regional de la Energía (EREN). Tras la inspección, el técnico debe registrar el certificado en la plataforma oficial autonómica para que este tenga validez legal. La tasa actual para una vivienda unifamiliar en 2024 es de 29,10 euros. Una vez registrado, el certificado tiene una validez máxima de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Es responsabilidad del propietario conservar este documento y entregarlo al comprador o mostrarlo al inquilino, según las directrices del Ministerio para la Transición Ecológica.
No disponer del certificado energético en Reyero cuando existe obligación legal conlleva sanciones económicas reguladas por la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Anunciar el alquiler o venta de la vivienda sin mencionar la calificación energética.
- Graves (601€ a 1.000€): Vender o alquilar el inmueble sin entregar el certificado en vigor al nuevo usuario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el receptor debido al incumplimiento de este requisito informativo obligatorio.