Puebla de San Medel cuenta con un parque inmobiliario reducido, compuesto por unas 54 unidades residenciales, donde predominan las viviendas unifamiliares de tipología rural. Muchas de estas construcciones son anteriores a la normativa de aislamiento térmico de 1979 (NBE-CT-79), lo que suele traducirse en calificaciones energéticas situadas en las letras E, F o G.
Dada su ubicación en la zona climática D3, las mayores pérdidas de energía se producen por la falta de rotura de puente térmico en ventanas y la ausencia de aislamiento en cubiertas. Para mejorar la letra en la escala de eficiencia, las recomendaciones técnicas suelen centrarse en la sustitución de ventanas por vidrios bajo emisivos y la instalación de sistemas de climatización más eficientes. Un cambio de una caldera antigua de gasóleo a una de pellets puede subir hasta dos letras la calificación del inmueble en esta zona de Salamanca.
El registro de certificados de eficiencia energética en Puebla de San Medel se gestiona a través del Ente Regional de la Energía (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León. Es obligatorio que todo certificado sea inscrito en este registro para que la etiqueta energética tenga validez legal.
La normativa exige que la etiqueta se incluya en cualquier anuncio publicitario de venta o alquiler (fotocasa, idealista o carteles particulares). El documento tiene una validez máxima de 10 años, excepto cuando la calificación es de clase G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que las comunidades autónomas mantengan estos registros actualizados para cumplir con los objetivos europeos de descarbonización del parque edificatorio.
No disponer del certificado energético en Puebla de San Medel al anunciar una vivienda puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en:
- Infracciones leves (300€ a 600€): Por anunciar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética.
- Infracciones graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Infracciones muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico sin serlo.
Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquiriente por incumplimiento de los requisitos informativos obligatorios, lo que genera una inseguridad jurídica innecesaria para el propietario.