El parque de viviendas de Moral de Hornuez, compuesto por unas 160 unidades, refleja la realidad de muchos núcleos rurales de Castilla y León. La mayoría de las construcciones son unifamiliares tradicionales construidas antes de 1980, lo que suele traducirse en calificaciones energéticas situadas entre las letras E, F y G. Esto se debe principalmente a la falta de aislamiento en muros de piedra o ladrillo antiguo y a ventanas de madera o aluminio sin rotura de puente térmico. Al estar en la zona climática D3, las exigencias de calefacción en invierno son muy altas. Para mejorar la nota y alcanzar una D o C, las intervenciones más efectivas en esta localidad suelen ser el trasdosado interior de fachadas con lana mineral y la sustitución de calderas antiguas por sistemas de aerotermia o calderas de condensación de alta eficiencia.
El marco normativo principal es el Real Decreto 390/2021, que regula la certificación de eficiencia energética a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la gestión recae sobre el Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda. Es obligatorio registrar el certificado en su plataforma telemática para que tenga validez legal. Una vez registrado, se obtiene la etiqueta energética oficial, que tiene una validez de 10 años, a menos que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica subrayan que este documento no es solo un trámite, sino una herramienta de transparencia para que el comprador o inquilino conozca los gastos futuros en suministros que deberá afrontar en Moral de Hornuez.
Incumplir la normativa de certificación energética en Moral de Hornuez puede acarrear sanciones económicas importantes según la Ley 8/2013. Las infracciones leves, como anunciar la venta o alquiler de una casa en portales como Idealista sin mencionar la calificación, conllevan multas de 300€ a 600€. Las infracciones graves, como vender un inmueble sin entregar el certificado al comprador, pueden alcanzar los 1.000€. En casos muy graves, como la falsificación de datos, las multas llegan hasta los 6.000€. Además de la multa, el contrato de compraventa o arrendamiento podría ser impugnado por el adquirente, alegando falta de información esencial, lo que genera una inseguridad jurídica innecesaria para los propietarios segovianos.