De acuerdo con el Real Decreto 390/2021, el certificado de eficiencia energética debe ser realizado obligatoriamente por un técnico competente. Estos profesionales son arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores o ingenieros (industriales, de minas, forestales, etc.) que estén debidamente colegiados. En Montalbán, es fundamental contratar a un técnico que conozca las particularidades constructivas de la provincia de Teruel y la normativa específica de Aragón. El técnico tiene la responsabilidad legal de realizar una inspección al inmueble presencial para verificar cerramientos, instalaciones de calefacción, agua caliente sanitaria y sistemas de refrigeración. No confíe en servicios que prometen el certificado sin visita, ya que carecen de validez legal y pueden derivar en sanciones administrativas graves tanto para el profesional como para el propietario demandante.
El parque de viviendas de Montalbán, compuesto por aproximadamente 1.100 unidades, presenta una gran diversidad. Gran parte de las construcciones en el casco histórico son anteriores a 1980, careciendo de aislamientos térmicos modernos en fachadas y cubiertas. En estos casos, la calificación más frecuente suele situarse entre las letras E y G. Por otro lado, las viviendas unifamiliares y bloques construidos tras la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación en 2007 muestran mejores comportamientos, situándose habitualmente en niveles D o C. Para mejorar la eficiencia en esta zona climática (B3-C2) y subir de letra, las recomendaciones técnicas más efectivas suelen ser la sustitución de ventanas antiguas por carpinterías con rotura de puente térmico y vidrios bajo emisivos, así como la instalación de sistemas de biomasa o aerotermia, muy eficientes en el clima turolense. Una mejora de dos letras en la etiqueta puede revalorizar el inmueble hasta un 10% en el mercado de venta.
La tramitación del certificado energético en Montalbán está supeditada al Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón. El marco legal estatal lo establece el RD 390/2021, pero la gestión administrativa se realiza a través del Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón. Es obligatorio que el certificado esté debidamente registrado para que tenga validez legal ante notario o en contratos de arrendamiento. El propietario es el responsable final de que este registro se efectúe, aunque normalmente los técnicos de nuestra plataforma incluyen esta gestión en su servicio integral. Una vez completado el trámite, se obtiene la etiqueta energética oficial, que debe incluirse en cualquier oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o alquiler del inmueble, siguiendo las directrices del IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica.
La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas establece un régimen sancionador estricto para quienes incumplan la obligación de disponer del certificado energético. En Montalbán, las inspecciones pueden derivar en multas que oscilan entre los 300€ y los 6.000€ según la gravedad de la infracción. Las infracciones leves (300€ a 600€) incluyen publicitar la venta o alquiler sin mencionar la calificación energética. Las graves (601€ a 1.000€) se aplican por vender o alquilar sin entregar el certificado válido al comprador o arrendatario. Por último, las infracciones muy graves (1.001€ a 6.000€) penalizan la falsificación de la información o actuar como técnico certificador sin serlo. Además de la multa económica, la falta del CEE puede invalidar un contrato de alquiler o paralizar una firma ante notario, causando retrasos costosos en la comercialización del inmueble.
Además del certificado energético, los propietarios en Montalbán pueden requerir otros documentos técnicos según la antigüedad y uso del edificio. Para edificios de tipología residencial colectiva con más de 50 años, es obligatoria la realización del Informe de Evaluación del Edificio (IEE), que en Aragón incluye la Inspección Técnica de Edificios (ITE) junto con el propio análisis de eficiencia energética y accesibilidad. Realizar ambos trámites de forma conjunta suele suponer un ahorro considerable en honorarios técnicos. Si su vivienda es de obra nueva o ha sufrido una rehabilitación integral, también necesitará tramitar la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación, documentos que garantizan que el espacio cumple las condiciones mínimas para ser habitado según la normativa técnica aragonesa.