La normativa vigente establece que solo técnicos competentes con titulación habilitante pueden suscribir un certificado energético en Meco. Estos profesionales son principalmente arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o ingenieros técnicos. Todos nuestros técnicos están colegiados y cuentan con el seguro de responsabilidad civil obligatorio. Bajo el marco del RD 390/2021, el técnico debe personarse en la vivienda para realizar la inspección técnica, verificando elementos como el grosor de los muros, el tipo de vidrio de las ventanas y la eficiencia de los sistemas de climatización. No confíes en servicios que prometen el certificado sin visita, ya que carecen de validez legal y pueden derivar en sanciones graves para el propietario.
El parque de viviendas de Meco, compuesto por unas 5.222 unidades, es heterogéneo. En el casco antiguo y las construcciones anteriores a 1980, lo habitual es obtener una calificación E o F debido a la ausencia de puentes térmicos rotos. Sin embargo, Meco experimentó un gran crecimiento entre 1995 y 2010, con numerosas urbanizaciones de viviendas unifamiliares adosadas. Estas construcciones suelen alcanzar una calificación D. Para mejorar la letra en esta zona climática D3, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado de fachadas con aislamiento mineral y la sustitución de calderas de gasóleo por sistemas de aerotermia o calderas de condensación, lo que puede elevar la nota hasta una B o incluso A en rehabilitaciones integrales.
El marco normativo principal es el Real Decreto 390/2021, que regula las condiciones básicas para la certificación. En el ámbito regional, el órgano competente es la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid. Es obligatorio que el certificado esté inscrito en su registro oficial para que tenga validez legal ante notario. Una vez registrado, el documento tiene una validez de 10 años, salvo que la calificación obtenida sea una G (la más baja), en cuyo caso la validez se reduce a 5 años. El propietario es el responsable de renovar el certificado una vez caducado o si se realizan reformas que alteren el comportamiento energético del inmueble.
Vender o alquilar una vivienda en Meco sin disponer del certificado energético vigente constituye una infracción de la Ley 8/2013. Las sanciones se dividen en tres niveles: las leves (de 300 a 600€) por anunciar el inmueble sin mencionar la calificación; las graves (de 601 a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y las muy graves (de 1.001 a 6.000€) por falsear el resultado del documento. En un mercado activo como el del Corredor del Henares, portales como Idealista o Fotocasa exigen la etiqueta para publicar anuncios, y los notarios de Meco bloquearán cualquier firma de escritura si el documento no está debidamente registrado y en vigor.