El parque de viviendas en Iniesta, compuesto por unas 2.555 unidades, es heterogéneo. Gran parte del casco urbano cuenta con edificaciones construidas entre 1960 y 1980, donde es habitual encontrar calificaciones energéticas de tipo E o F. Esto se debe a la ausencia de aislamiento térmico en cámaras de aire y al uso de carpinterías metálicas sencillas. Por otro lado, las promociones de unifamiliares construidas tras la entrada en vigor del CTE en 2006 suelen alcanzar letras C o D. Para mejorar la nota en esta zona climática D3, las intervenciones más efectivas suelen ser la sustitución de calderas antiguas por sistemas de aerotermia y el trasdosado interior de fachadas, lo que puede reducir el consumo de energía primaria en más de un 30%.
La normativa que rige este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional, pero la gestión administrativa recae en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Castilla-La Mancha, dependiente de la Dirección General de Transición Energética. Es obligatorio que el certificado esté registrado para que tenga validez legal; un documento sin el número de registro autonómico no sirve para firmar escrituras ni contratos de arrendamiento. El órgano competente emite una etiqueta oficial que debe incluirse en cualquier anuncio publicitario. Las fuentes oficiales como el IDAE y el Ministerio para la Transición Ecológica supervisan que estos procesos cumplan con los estándares de descarbonización marcados por la Unión Europea para el año 2050.
Incumplir la obligación de presentar el certificado puede acarrear sanciones económicas graves según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones leves, como anunciar la venta de un piso en Iniesta sin mencionar la calificación energética, conllevan multas de 300€ a 600€. Las infracciones graves, como no entregar el certificado al comprador o arrendatario, pueden ascender hasta los 1.000€. En casos de falseamiento de datos, la sanción puede llegar a los 6.000€. Además de la multa, el contrato de compraventa o alquiler podría ser impugnado por el adquirente, generando un problema legal de mayor envergadura para el propietario.