De acuerdo con el RD 390/2021, solo los técnicos competentes con titulación académica y profesional habilitante pueden emitir este documento. Esto incluye a arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos colegiados. En Guardo, trabajamos con una red de profesionales locales que conocen perfectamente la arquitectura de la zona y los materiales constructivos predominantes. El técnico asignado realizará una inspección al inmueble obligatoria para tomar datos sobre la envolvente térmica (muros, ventanas y cubiertas) y las instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria. Contratar a un técnico colegiado en la zona de Palencia asegura que el certificado cumple con todos los requisitos para ser admitido en el registro oficial de la Junta de Castilla y León.
El parque de viviendas de Guardo, compuesto por unas 4.496 unidades, presenta una tipología mixta. Encontramos edificios de viviendas de la época del auge minero (años 60 y 70) y viviendas unifamiliares en las zonas periféricas. Debido a su antigüedad y a la dureza de la zona climática D1, la calificación más habitual en los certificados es la letra E o F. Los edificios construidos antes de 1980 suelen carecer de aislamiento térmico suficiente en fachadas, lo que penaliza la nota final. Sin embargo, inmuebles rehabilitados con sistemas SATE o que han sustituido calderas antiguas por equipos de biomasa o aerotermia pueden alcanzar fácilmente una letra C o D. Mejorar el aislamiento de las ventanas es la medida con mejor retorno de inversión en Guardo para subir la letra de su certificado energético.
El marco normativo nacional está definido por el Real Decreto 390/2021, pero la gestión administrativa recae en la comunidad autónoma. En este caso, el organismo encargado es el Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de Edificios de Castilla y León (CEREN), dependiente de la Dirección General de Energía y Minas. Para que el certificado sea válido en cualquier contrato de alquiler o venta en Guardo, debe estar debidamente inscrito en este registro y haber abonado la tasa correspondiente (actualmente fijada en 29,10€ para viviendas individuales). Una vez registrado, la etiqueta tiene una validez de 10 años, a menos que la calificación obtenida sea una G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años según la normativa más reciente.
No disponer del certificado energético vigente en Guardo puede acarrear sanciones económicas graves según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las multas se dividen en tres niveles: leves (300€ a 600€) por anunciar la vivienda sin mencionar la calificación; graves (601€ a 1.000€) por vender o alquilar sin entregar el certificado al comprador o arrendatario; y muy graves (1.001€ a 6.000€) por falsear el resultado del documento. Además de la multa, el contrato de compraventa podría ser impugnado por el comprador por falta de información veraz sobre las calidades del inmueble. Dada la creciente vigilancia en portales inmobiliarios, contar con el documento antes de publicar cualquier anuncio es la mejor protección para el propietario.
Además del certificado energético, los edificios en Guardo que superen los 30 o 50 años de antigüedad (según ordenanza municipal o normativa autonómica) pueden requerir la Inspección Técnica de Edificios (ITE) o el Informe de Evaluación del Edificio (IEE). Estos trámites son complementarios y, en muchos casos, aprovechamos la visita técnica para realizar ambos estudios, optimizando costes para el propietario. Si su vivienda es de protección oficial o busca acceder a subvenciones de rehabilitación energética de los fondos Next Generation, disponer de un certificado energético en Guardo actualizado es el primer paso obligatorio para tramitar cualquier ayuda pública.