Según la normativa vigente, el certificado energético en Fuente de Santa Cruz debe ser suscrito por un técnico competente que posea la titulación académica habilitante, tales como arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros industriales o ingenieros técnicos. Es imperativo que el profesional esté colegiado en su respectivo colegio oficial. El técnico es responsable de realizar la inspección al inmueble obligatoria, donde tomará datos sobre los cerramientos, las dimensiones de los huecos (ventanas), la orientación de la vivienda y la eficiencia de los sistemas de producción de agua caliente sanitaria y calefacción. En una zona rural de Segovia, contar con un técnico que conozca las particularidades constructivas de la meseta norte asegura que las recomendaciones de mejora sean realistas y efectivas para el clima de Castilla y León.
El parque inmobiliario de Fuente de Santa Cruz, compuesto por unas 116 unidades, presenta características típicas de los núcleos rurales segovianos. La mayoría de las construcciones son viviendas unifamiliares, muchas de ellas anteriores a la aplicación de la normativa de aislamiento de 1979 (NBE-CT-79), lo que suele derivar en calificaciones energéticas bajas, predominantemente situadas en las letras E, F o G. Estas viviendas suelen presentar muros de carga de gran espesor pero con puentes térmicos significativos. En la zona climática D3, las viviendas que han realizado reformas recientes, como la sustitución de ventanas por carpinterías de PVC con rotura de puente térmico o la instalación de calderas de biomasa, pueden alcanzar calificaciones tipo D o incluso C. Para las escasas promociones de obra nueva, la normativa actual exige niveles de eficiencia que sitúan la etiqueta en los rangos A o B.
La normativa que regula este trámite es el Real Decreto 390/2021 a nivel nacional. En el ámbito autonómico, la gestión del registro del certificado de eficiencia energética corresponde al Ente Regional de la Energía de Castilla y León (EREN), dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda. La tramitación se realiza de forma 100% telemática por el técnico certificador. Es fundamental que la etiqueta obtenida muestre el número de registro oficial, ya que sin este código el documento carece de validez legal para su uso en contratos de compraventa o arrendamiento. Las fuentes oficiales de referencia para cualquier consulta normativa son el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y el portal oficial de la Junta de Castilla y León. La validez máxima del certificado es de 10 años, salvo que la calificación sea G, en cuyo caso la validez se reduce a 5 años.
El incumplimiento de la obligación de disponer del certificado energético conlleva sanciones económicas reguladas por la Ley 8/2013. En Fuente de Santa Cruz, las multas pueden variar desde los 300€ para infracciones leves (como no mencionar la calificación en el anuncio de Idealista o Fotocasa) hasta los 6.000€ para infracciones muy graves (como falsear el resultado de la calificación). Además de la multa pecuniaria, la carencia de este documento puede paralizar una venta ante notario, ya que el registrador de la propiedad exigirá la acreditación del CEE para inscribir el cambio de titularidad. En el caso de alquileres, el inquilino tiene derecho a exigir una copia del certificado, y su ausencia podría ser motivo de rescisión contractual o reclamaciones por daños y perjuicios si el consumo energético del inmueble es excesivamente elevado.