Foz-Calanda, como núcleo rural consolidado, presenta un parque inmobiliario compuesto mayoritariamente por 247 unidades, donde predominan las viviendas unifamiliares de construcción tradicional y algunas rehabilitaciones recientes. Dada la antigüedad de muchas construcciones, gran parte de las cuales son anteriores al Código Técnico de la Edificación de 2006, la calificación energética típica oscila entre las letras E y G. Las viviendas construidas entre 1980 y 2007 suelen situarse en la franja E, mientras que las casas de piedra o adobe sin aislamiento térmico moderno tienden a la G. La zona climática B3-C2 de Foz-Calanda penaliza especialmente las viviendas con carpinterías de aluminio sencillo y vidrios sin cámara de aire. Para mejorar la letra y reducir la demanda energética, las recomendaciones más efectivas suelen ser el trasdosado interior de muros con lana de roca y la sustitución de calderas antiguas por sistemas de aerotermia o biomasa, muy comunes en la zona por la disponibilidad de combustible local.
El marco normativo que regula la certificación energética en Foz-Calanda es el Real Decreto 390/2021 a nivel estatal, pero su ejecución y control dependen de la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón. Es obligatorio que, tras la visita del técnico, el informe se registre telemáticamente en el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de Aragón para que tenga validez legal. Sin este registro, el documento es un mero informe técnico y no permite la venta ni el alquiler. El órgano autonómico verifica que el técnico sea competente y que el procedimiento cumpla con los estándares del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Una vez validado, se emite la etiqueta energética oficial, que incluye el número de registro, la fecha de validez y los indicadores de consumo y emisiones de CO2 del inmueble.
No disponer del certificado energético en Foz-Calanda cuando el inmueble está anunciado para venta o alquiler puede acarrear sanciones económicas considerables según la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Las infracciones se dividen en:
- Leves (300€ a 600€): Por anunciar un inmueble en portales inmobiliarios sin mencionar la calificación energética o no renovar un certificado caducado.
- Graves (601€ a 1.000€): Por vender o alquilar un inmueble sin entregar el certificado en vigor al comprador o arrendatario.
- Muy graves (1.001€ a 6.000€): Por falsear la información del certificado o actuar como técnico certificador sin serlo.
En una localidad pequeña como Foz-Calanda, el control administrativo es creciente, especialmente en operaciones ante notario donde la falta de este documento puede bloquear la firma de las escrituras o el registro de la propiedad.